Si tomáramos por válido el relato oficial de los años 70 que han pergeñado y promovido diversos sectores interesados en deformar el pasado reciente, entonces, Fernando Haymal sería un nombre que no tendría lugar en la cacareada "memoria".
En efecto, se trata de un caso tan relevante como controversial, capaz de hacer tambalear la historieta setentista y, al mismo tiempo, poner en descubierto la estafa que se ha hecho con los derechos humanos (DD. HH.) en la Argentina.
Si tomáramos por válido el relato oficial de los años 70 que han pergeñado y promovido diversos sectores interesados en deformar el pasado reciente, entonces, Fernando Haymal sería un nombre que no tendría lugar en la cacareada "memoria".
En efecto, se trata de un caso tan relevante como controversial, capaz de hacer tambalear la historieta setentista y, al mismo tiempo, poner en descubierto la estafa que se ha hecho con los derechos humanos (DD. HH.) en la Argentina. Fernando Haymal (nombre de guerra "Valdés") pertenecía a la organización terrorista Montoneros.
Murió brutalmente asesinado por sus propios compañeros (aplicación de torturas mediante), a principios de septiembre de 1975, en la ciudad de Córdoba.
Su muerte fue decidida algunas semanas antes por un "tribunal revolucionario" montonero que llevó adelante una parodia de juicio en su ausencia y determinó que debía "ser pasado por las armas en el lugar y momento en que se lo encuentre" (1).
Sus camaradas sospechaban, en concreto, que una reciente caída de Haymal en manos de las fuerzas legales había provocado el allanamiento de un local con depósito de armas, lo que luego condujo a la ubicación y detención del jerarca terrorista Marcos Osatinsky, miembro de la conducción nacional de la banda en cuestión.
En otras palabras, el "enjuiciado" y "condenado" había presuntamente "cantado" lo que no debía.
A diferencia de lo que sostienen los embusteros setentistas, siempre preocupados por ocultar el desaforado militarismo connatural a las organizaciones armadas de los 70 (y así negar el status de guerra interna de lo vivido por entonces), el belicismo, verticalismo y militarismo de Montoneros explica en gran parte el sangriento final de Fernando Haymal.
Una de las principales aspiraciones de la organización, en efecto, consistía en, progresivamente, ir regularizando su "ejército irregular" (el "Ejército Montonero"); esto es, ir emulando las características propias de los ejércitos profesionales para desarrollar una guerra "de aparato a aparato" contra las Fuerzas Armadas de nuestro país, con el fin último de tomar el poder.
A tales efectos, se designaron grados militares (aspirante, oficial segundo, oficial primero, oficial superior), se diseñó un uniforme (pantalón azul marino y camisa celeste, sólo usado en reuniones y algunos ataques como el ejecutado contra el Regimiento de Monte 29 de Formosa) y se redactó un "Código de Justicia Revolucionaria", donde se establecían las penas (incluida, en todos los casos, la de muerte) para infracciones internas, como la delación, traición y deserción, entre otras.
Estas normativas dispusieron que Fernando Haymal fuera "pasado por las armas", como muchos otros guerrilleros, tanto de Montoneros como del ERP, masacrados también por sus propios compañeros.
Pero el caso Haymal tiene varias particularidades que lo hacen especialmente peligroso para quienes utilizan la historia (devenida en historieta) de los 70 con fines políticos y/o rentísticos. Primeramente, su nombre fue incluido en los nuevos listados del Nunca Más , retocados en el año 2006 por la secretaría de Derechos Humanos que maneja Eduardo Luis Duhalde (comprometido con Montoneros en los años 70 y con el Movimiento Todos por la Patria del terrorista Gorriarán Merlo, en los 80).
Según el "actualizado" listado, Fernando Haymal habría sido, entonces, víctima de las Fuerzas Armadas. ¿Cómo comprobar que esto no fue así?
Pues los propios terroristas montoneros confesaron la verdad, a modo de hazaña, en su revista "Evita Montonera" , en octubre de 1975: "Fue ejecutado en Córdoba el delator Fernando Haymal (Valdés), en cumplimiento de la sentencia dictada el 26 de agosto por el Tribunal Revolucionario" (2).
Por otro lado, al año de haberse cometido la torpeza de incluir a Haymal en el Nunca Más , el montonero fusilado por sus camaradas fue conmemorado por el kirchnerismo con una placa de homenaje en el "Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado" sito en la costanera porteña, frente al Río de la Plata, tal y como lo anticipó oportunamente en este mismo diario quien suscribe este artículo.
Lo repetimos: Fernando Haymal fue víctima no de las Fuerzas Armadas, sino del propio terror que utilizaba como método de lucha revolucionaria la organización en la que él participaba. ¿Cómo seguir comprobándolo?
Pues el diario cordobés "La Voz del Interior" cubrió la noticia de su muerte informando que:
"Alrededor de las 18.30, se detuvo (...) un automóvil Peugeot color blanco, ocupado por varios sujetos. Los desconocidos llevaban secuestrado a un hombre joven a quien, tras detener la marcha del coche, lo hirieron de dos balazos en el tórax. Luego, los criminales abrieron una de las puertas y procedieron a arrastrar al herido con el automóvil en marcha, reteniéndolo por las extremidades inferiores (...) Entre sus ropas, se encontró un documento de identidad a nombre de Fernando Haymal" (3).
Las irregularidades no terminan aquí; más grave aun, además de figurar en engañosos monumentos y oprobiosos listados oficiales, el nombre de Haymal también engrosa el registro de fallecidos de la ley 24.411 (Redefa), con lo cual todo indicaría que su familia percibió la abultada indemnización estatal prevista por esa normativa para "toda persona que hubiese fallecido como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas (o) de seguridad (...) con anterioridad al 10 de diciembre de 1983".
En marzo de este año, el dinero que se otorgaba a los familiares de los guerrilleros caídos en la guerra a causa del accionar antiterrorista de las FF. AA. asciende a $ 620.919.
El problema es que Fernando Haymal, insistimos a riesgo caer en la redundancia, no fue abatido por las fuerzas legales, sino ejecutado a sangre fría por sus propios compañeros. ¿Alguna otra prueba de ello?
Pues su caso fue, inclusive, tratado en el juicio a las juntas militares en el marco de la causa 13, mencionándose la "condena y ejecución de una persona identificada como Fernando Haymal, a quien --sus compañeros-- consideraban traidor y delator" (4).
Las pruebas resultan contundentes: no sólo los propios terroristas reconocieron el hecho, sino que la prensa, a la sazón, lo cubrió, y la justicia, más tarde, lo trató.
Cabría, luego, interrogarse: La secretaría de Derechos Humanos, los organizadores del "Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado" y quienes administran las bonificaciones de la ley 24.411, ¿no conocían los documentos que aquí exponemos?
¿O acaso prefirieron deliberadamente negar la verdad?
Como quiera que sea, lo relevante es que el caso Haymal viene a poner de manifiesto una realidad cada vez más tangible para los argentinos: los derechos humanos, en nuestro país, no sólo son una poderosa arma política para oportunistas en campaña o demagogos sin escrúpulos, sino, también, una jugosa alternativa para aquellos que no encuentran nada de malo en lucrar con la muerte y el dolor que la guerra interna de los años 70 dejó como secuela aún presente en nuestra sociedad.
(1) Comunicado de Montoneros a oficiales y aspirantes titulado "Juicio revolucionario a Fernando Haymal". Copia en poder del autor.
(2) Revista "Evita Montonera", Nº 8, Pág. 21, octubre de 1975. Copia en poder del autor.
(3) Diario "La Voz del Interior", Córdoba, 3 de septiembre de 1975. Copia en poder del autor.
(4) Causa 13/84. Capítulo III (Cuestiones de hecho Nº 7, 9, 10, 11, 13, 19 y 25).
Por Agustín Laje Arrigoni
Nota del editor:
Un informe elaborado por la Sub Secretaría de Derechos Humanos, entonces a cargo de la Sra. Diana Conti, concluyó que Fernando Haymar "falleció a causa del accionar de un grupo paramilitar"; por lo que se autorizó el pago de la indemnización prevista en el Artículo 6º de la Ley Nº 24.823.
La sociedad debe saber si los deudos de Fernando Haymar, cobraron indebidamente esa indemnización en su totalidad O si todo o parte de esa indemnización tuvo otro "destino".
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