jueves, 28 de diciembre de 2017

El desaparecido que no fue...

El 18 de febrero de 1972, los delincuentes montoneros quisieron hacer "desaparecer" a Oscar Alfredo Aguirre Haus,. un boliviano que vino a usar nuestras universidades gratuitas y abusando de nuestra generosidad y hospitalidad, se unió a la "orga" montoneros, para cometer crímenes y atentados terroristas en nuestra Patria. 
Si seguimos la farsa del "curro de los derechos humanos"Oscar Alfredo Aguirre Haus hubiera sido el desaparecido 30.001.
En la página de la Casa de Derechos Humanos de Santa Fe en lo que llaman "Lista de desaparecidos y asesinados en Santa Fe por la dictadura genocida", figura Oscar Alfredo Aguirre Haus, pero no se especifica si fue asesinado o está desaparecido, ni se aportan otros datos respecto al DESAPARECIDO QUE NO FUE.
En tanto, en su página, Roberto Baschetti expresa que Oscar Alfredo Aguirre Haus, muere en  combate en Santa Fe contra la dictadura de Lanusse.
A lo mejor, a la justicia le interesa saber quienes lo quisieron hacer desaparecer a Oscar Alfredo Aguirre Haus. 
Eduardo Ramos Campagnolo, injusta e ilegalmente preso, en uno de sus libros, nos cuenta una interesante historia, donde uno de los protagonistas es el desaparecido que no fue... Oscar Alfredo Aguirre Haus.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte

martes, 7 de noviembre de 2017

Carlos Monzón, del Palazzo dello Sport a Los Cerrillos

Esta es la historia de un Gigante y muchos, pero muchos enanos. Existen personas que van creciendo a lo largo de la vida y llegan a ser gigantes. Y otros que permanecen enanos. 
Un gigante puede ir reduciendo su tamaño hasta convertirse en un enano y un enano puede ir creciendo hasta llegar a ser gigante. 
Como en los cuentos de antaño, diré que: 
Había una vez... 
...Un muchacho que en un momento de su vida pensó que podía llegar a ser gigante. Un día, en el camino de la vida encontró una persona que le dijo “vos podés llegar a ser gigante Sólo tenes que escucharme…” y lo fue perfeccionando en el duro oficio del boxeo y de la vida. 
Fue un 7 de noviembre que ese muchacho llegó a ser gigante. Cuando venció a un italiano conocido como Nino Benvenutti. Ese Gigante se llamaba Carlos Monzón. Desde ese día por la larga avenida de la gloria fue rodeado de enanos que trataban de reducirlo en su tamaño, porque sabían que no iban a llegar nunca a tener la estatura de Carlos El Gigante. En 1974, Carlos El Gigante, conoció a Susana y comenzaron un tormentoso romance. 
Mientras tanto, Carlos continuaba por la avenida de la gloria acompañado por esa persona que un día le había dicho que él podía llegar a ser un gigante. 
Y llegando al final de la avenida de la gloria, esa persona y Carlos se fueron separando. 
Fue en 1977 cuando Carlos anunció su retiro del boxeo profesional. Desde entonces a Carlos le faltó a su lado quién lo ayudara a seguir siendo gigante. 
En ese mismo año, Carlos asistió en el Club Unión de Santa Fe, a una velada pugilística. 
Aquella noche, el Gigante tuvo un muy breve encuentro con una mujer. Ella había asistido a presenciar el espectáculo de box, invitada por un amigo. 
¿Habrá sido el destino? 
Ella esa noche, ocupó un asiento al lado de Carlos y aprovechó la charla, para solicitarle que haga una donación de equipos deportivos para el Club donde ella participaba. 
En ese momento, al campeón, el encuentro no le dejó ninguna huella. A ella, le dejaba el anhelo de que la promesa de la donación se cumpliera. Pero la promesa nunca se cumplió. 
Y Carlos El Gigante, habiendo abandonado la avenida de la Gloria continúo siendo un gigante. Pero los enanos seguían tironeándolo hacia abajo para qué se redujera a la altura de ellos. 
Por los caminos de la vida Carlos y Susana tomaron calle diferentes. Y desde entonces Carlos no tuvo quién lo sostuviera y le recordará que era un gigante.  De a poco comenzó a reducirse en su tamaño. 
El ruido de la noche y la droga, que los enanos le acercaban para que fuera él cada vez más chico, lo fueron aturdiendo. 
Conoció Alicia y caminaron juntos varias cuadras. Fue una noche cuando la pasión hizo lo suyo. Y me refiero a esa pasión sin límites dónde al ingresar al remolino de sentimientos y sensaciones uno se va embriagando. A la embriaguez de esa pasión se le sumaron la droga y un balcón.
De pronto apareció la muerte con su túnica negra y su guadaña... y se llevó una vida. 
En el juego sexual, aceptado por las partes, cuando la muerte acecha, uno de los jugadores pierde la partida, junto con la vida.

Ésa fue la penúltima caída del Carlos, el Gigante. Peor que la caída frente a Jean Claude Buttier. 
Mucho más larga fue la cuenta. Las esposas en sus muñecas. Las rejas cerrándole el paso a la libertad. 
Los enanos, al verlo en la lona, aprovecharon para saltar encima del caído, para sentirse mas altos que el Gigante. No perdieron tiempo y gritaron                                          ¡¡¡Asesino!!! 
              ¡¡¡A la cárcel!!! 
Otros, conocedores de los temerarios "juegos" de la pasión y del amor, suponían un accidente. 
Jueces enanos, escucharon las voces de otros enanos que condenaban sin juzgar. Solo por envidia. Y bajaron el martillo. 
 ¡CULPABLE! 
Atrás quedarían años de gloria, la fama y el reconocimiento mundial. 
Llega el dolor familiar y un inocente que hasta hoy no encuentra respuestas a sus ¿Cómo? y ¿Por qué? Pasaron los años... Corría el año 1992, cuando a aquella mujer, que 15 años antes le había pedido al campeón, la donación de equipos deportivos para su club, le sugirieron que lo entrevistara para un programa radial. 
Ir a la cárcel a entrevistar a Monzón, el Gigante caído. 
Como pasaporte, en procura de que accediera a la entrevista, le hizo llegar las fotos tomadas en aquella velada pugilística de 1977. 
"Ella" pensó que era una entrevista mas, sin olvidar que años atrás, él, no había cumplido una promesa. A partir de ese momento, se estableció entre ambos, una relación que se fue fortaleciendo y estrechando con el paso de los días. 
De a poco, ella fue comprendiendo que detrás del ídolo había un ser con corazón, con sentimientos... "Ella" llegó a ser su lazarillo y mucho mas. Lo visitó varias veces, en el comedor donde los "internos" con buena conducta reciben a sus parientes, amistades, y en el caso del Campeón, a celebridades mundiales. En una de sus visitas, cuando "Ella" llegaba, se retiraba el "Gran sindicalista", a quien "Ella" conocía por su actividad publicitaria, y antes de que "Ella" llegara hasta la mesa donde el Campeón la esperaba con un té, aquél le susurró: "Sé que podes convencerlo de que de clases en el Camping, conocés el lugar. Ahí podrán estar mas cómodos..."
Era evidente que el Campeón le había hablado de "Ella" al "Gran Sindicalista". 
Y ante la pregunta: "¿Qué hago? También me ofrecieron que vaya a Colón"; "Ella" le dijo: Aceptá lo que te ofrece este Señor. No sabés quien es, pero te aseguro que no te vas a arrepentir". 
"Ella" y el Campeón, tenían mucho en común. Pasados exitosos, él a nivel mundial. "Ella" a nivel local. Lo acompañó, lo comprendió. "Ella" viviría entre la duda de seguir al lado de él, sabiendo todo lo que por ello debería enfrentar. Estaba convencida que la verdad, de lo ocurrido aquella madrugada trágica, tarde o temprano, saldría a la luz, en la intimidad... En el "juego" apasionado de dos seres, se puede llegar a límites imprevisibles, donde la muerte acecha. Entonces... uno de los jugadores pierde las partida. Y un nuevo febrero sucedió; solo ellos dos, el mismo "juego", distintas cartas, otro final. 
"Ella", viendo el final de la partida, se fue a maso. "Ella" había DESCUBIERTO como murió la madre de aquel niño, que hoy, ya hombre, camina junto a "ella" a depositar flores en la tumba del campeón. Aún hoy, cada 7 de agosto (aniversario de su nacimiento), 7 de noviembre (aniversario de su coronación como campeón mundial), y 8 de enero (aniversario de su muerte), algún fotógrafo deambula ocultándose entre las tumbas, queriendo sorprender a aquella dama, depositando flores en la tumba del Campeón. 
Fue un 8 de enero cuando se produjo la última "caida" del Campeón. Una multitud le dijo "ADIOS". Unos pocos lo recuerdan con AMOR. Los hijos de su primer matrimonio... 
El hijo "perdido" de su esposa muerta... olvidado por todos. Y una fortuna de la que se ignora su destino. La mortaja no tiene bolsillos.

lunes, 30 de octubre de 2017

JOSE SCHULMAN, si intenta asesinarme esta noche, fracasará

Mañana, 31 de octubre, a las 8,30 horas, debo comparecer ante la Fiscalía Federal Nº 2 de la Ciudad de Santa Fe, a ampliar los términos de mi denuncia contra: el mendaz declarante JOSE ERNESTO SCHULMAN, el Juez Federal CARLOS VERA BARROS y el Secretario Dr. FEDERICO GRIMBERG.


Por supuesto que, con los elementos a aportar en mi ampliación, no quedarán dudas sobre la falsedad de los dichos de JOSE ERNESTO SCHULMAN, expresados bajo juramento o promesa de decir verdad.
Que estos elementos obran en los autos donde el Juez CARLOS VERA BARROS, con el Secretario Dr. FEDERICO GRIMBERG; por lo que no pueden alegar que no tenían conocimiento de la falsedad de lo declarado en la causa por JOSE ERNESTO SCHULMAN.
A partir del momento en que comencé a desenmascarar a JOSE ERNESTO SCHULMAN, éste me denunció por supuestas amenazas y acudió a organismos nacionales e internacionales en procura de presionar al Poder Judicial para que me encarcelara. A la vez, al difundir estas intervenciones de organismos nacionales e internacionales, resulta evidente que procura amedrentarme para que me llame a silencio. Pero no lo logró.
Solo le queda ASESINARME. Para eso podría acudir a los grupos de violentos mapuches, amigos suyos. O acaso a las FARC.
Para evitar que la JUSTICIA empiece a perseguirlo, tiene tiempo hasta mañana 31 de octubre, a las 8,30 horas para hacerme asesinar.
No me preocupa. Me ocupa la necesidad de tomar los recaudos necesarios para evitar ser asesinado por violentos que quieren tapar el sol con las manos.

JOSE ERNESTO SCHULMAN, ya estoy debidamente preparado. Mañana volveré a ver el sol y me presentaré a declarar.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte

viernes, 27 de octubre de 2017

José Schulman, el MENTIROSO - Carlos Vera Barros, el PREVARICADOR

José Schulman, el gran mentiroso

Ante el Consejo de la Magistratura, el 23 de octubre ingresó sel pedido de remosión que presenté contra el Dr. Carlos Vera Barros.
Se puede verificar en la página  https://www.pjn.gov.ar/02_Central/ViewDoc.Asp?Doc=111849&CI=INDEX100, donde consta como expediente Nº 218/17  "Gauna Orlando Agustin c/ Dr. Carlos Vera Barros (Juzgado Federal Nº1 Sde Santa Fe)"


El texto del escrito es el siguiente:

FORMULA DENUNCIA POR MAL DESEMPEÑO SOLICITA PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN

Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación:

Orlando Agustín Gauna, de apellido materno Bracamonte, de nacionalidad argentina, nacido el 23 de diciembre de 1944, de 72 años de edad, DNI 6.255.319, de estado civil viudo, jubilado, domiciliado en calle Luis F. Leloir Nº 1169 del Barrio El Pozo de la Ciudad de Santa Fe de la Provincia del mismo nombre, por propio derecho, respetuosamente me presento y digo:

I.- OBJETO
 Que vengo por medio del presente y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 2º, 4º y 5º del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA Y ACUSACIÓN a impetrar formal denuncia ante ese Consejo de la Magistratura, contra el Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, por acciones que implicarían un mal desempeño en sus funciones como magistrado, en oportunidad de estar a cargo de la subrogancia legal del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe. Por los fundamentos que se exponen a continuación, solicito a la Comisión de Disciplina y Acusación de ese Consejo de la Magistratura, que disponga la apertura del procedimiento de remoción del juez denunciado, ordene su suspensión, y en su caso, formule la acusación correspondiente ante el Jurado de Enjuiciamiento, en los términos de los artículos 53, 114 inc. 5º y 115 de la Constitución de la Nación Argentina.

II.- HECHOS
 El Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros en oportunidad de estar a cargo de la subrogancia legal del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “Imputado: Cabrera Víctor Hugo y Otros S/Privación ilegal de la libertad (Art. 144 Bis Inc.1) y Asociación Ilícita. Víctima: Schulman, José y Otros”. Expediente Nº FRO54000011/2010, al dictar el auto de procesamiento, ha cometido acciones que implicarían un mal desempeño en sus funciones; y que a continuación se detallan:

1. En el auto de procesamiento, el Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros señala: Más específicamente José Ernesto Schulman declaró que fueron Cabrera, Ramos y Rebechi los que lo detuvieron a él, a su esposa y a Gurvich, …  … y que logra identificarlos precisamente cuando es detenido y torturado en el año 1977.- Y más adelante, continúa el escrito; Asimismo, en su testimonio aprestado a fs. 320/321 expresó: “Dentro del grupo estaban los integrantes de inteligencia de Santa Fe Osmar Rebechi, Juan González, Eduardo Ramos y Víctor Cabrera, a quienes conocía por haber sido detenido en 1973 por el mismo grupo y por haber estado ellos la noche del 5 de diciembre de 1975 y haber puesto una bomba en mi domicilio. Los nombres de los mismos surgieron de los expedientes a una causa penal iniciada por una denuncia mía en 1977, expediente a los que tuve acceso 1998” (sic). Dicha causa se refiere a que fue detenido el 22 de noviembre de 1977 y en los primeros días de diciembre de 1977, Schulman publicó en el Diario El Litoral de esta Ciudad, bajo el título UNA DENUNCIA POR APREMIOS ILEGALES y ROBO SE RADICÓ. Y tácitamente se refiere a González, Ramos y Cabrera, a los que imputó sin riesgo alguno en pleno ejercicio de sus derechos, ante el Juzgado de Instrucción de la 4ª Nominación. También, sin riesgo alguno y en pleno ejercicio de sus derechos, se dirige al Jefe de la Guarnición Militar. 
Pero José Ernesto Schulman, al radicar esta denuncia, no hizo ninguna referencia a que estas mismas personas, “lo detuvieron en 1973, le pusieron una bomba en 1975 y lo volvieron a detener durante un allanamiento en 1976. 
¿Por qué en esa oportunidad no denunció a los integrantes del mismo grupo? Simplemente porque estas personas no tuvieron nada que ver con los hechos anteriores… 
¿Por qué los denuncia ahora? 
Por odio ideológico o por el “curro de los derechos humanos”. 
De lo trascripto, se desprende en forma palmaria, que José Ernesto Schulman, ha declarado bajo juramento o promesa de decir verdad, en una causa penal, que Víctor Hugo Cabrera participó en su detención en 1973, que fue uno de los que le colocó una bomba en su domicilio, y que participó en un supuesto allanamiento ilegal, con su consiguiente detención en la noche del 11 de octubre de 1976 y por cuya imputación se encuentra detenido. No dejando lugar a presumir un posible error en su identificación. 
Afirma reconocerlos con precisión y certeza. 
En el auto de procesamiento no se hace otra referencia a la detención de Schulman en 1973. Pero remitiéndonos al libro escrito por Schulman, “Los laberintos de la memoria”, en el capítulo 3, refiere haber sido detenido por Rebechi y otras personas, en averiguación de antecedentes, el 25 de mayo de 1973. 
No haciendo ninguna referencia a la participación de Víctor Hugo Cabrera en esta detención. Pero en su declaración imputa a Cabrera “por haber sido detenido en 1973 por el mismo grupo”. Imputación que sería falaz, atento a que Cabrera habría ingresado a la Repartición policial en el año 1974. Algo muy fácil de comprobar, remitiéndose al legajo personal del acusado Cabrera. 
Y si Cabrera no trabajaba en la policía, el declarante Schulman, habría incurrido en el delito de falso testimonio al afirmar bajo juramento o promesa de decir verdad, que Cabrera fue uno de los que lo detuvo en esa oportunidad. 
También es fácil remitirse a los libros de Guardia de esa fecha, de la Seccional policial donde fuera alojado, y verificar quienes lo entregaron en calidad de detenido en “averiguación de antecedentes” y quienes eran los que fueron detenidos con él, para que estos, ratifiquen o rectifiquen la imputación de los actuantes en el procedimiento policial.

2. Schulman, también afirma como VERDAD REVELADA, que Cabrera fue uno de los que le colocó una bomba en su domicilio. Esta declaración la hace bajo juramento o promesa de decir verdad, pese a no haber visto el momento en que se colocaba y hacia detonar el artefacto explosivo, ni aportar testigos que lo hubieran visto.

3. Por último, en lo que respecta al presunto allanamiento ilegal de la vivienda de calle Güemes Nº 5554, que se habría realizado la noche del 11 de octubre de 1976, por el que imputa como partícipe del procedimiento a Víctor Hugo Cabrera, para comprobar la veracidad o falsedad de sus dichos, basta con remitirse al legajo policial personal del acusado por Schulman, para constatar que Cabrera se encontraba licenciado del servicio a la fecha del referido procedimiento. 
Además, en el mismo legajo, se podrá comprobar si Cabrera para ese entonces, prestaba o no, servicios en el Departamento de Informaciones de la Policía de Santa Fe (D2) y si estaba subordinado al Oficial Osmar Rebechi.

4. El Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros al dictar un auto de procesamiento contra Víctor Hugo Cabrera, suma al plexo probatorio el legajo personal de Cabrera (fs. 155/163), donde se acreditaría la falsedad de la imputación que hace Schulman.

5. El Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros en el mismo auto de procesamiento señala: “Otro dato que refuerza esta hipótesis son las declaraciones testimoniales de Silvina Alejandra Cabrera y María de los Ángeles Cabrera (fs. 1456/1460), las cuales constituyen un indicio más sobre la participación y pertenencia de Víctor Hugo Cabrera al referido grupo. La primera de las nombradas se refirió a que su padre trabajaba en el servicio de inteligencia de la provincia…” (sic) 
Y S.S. no puede ignorar lo establecido en el Artículo 242 del Código Procesal Penal, sobre la prohibición de declarar en contra del imputado, bajo pena de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado. 
Pero S.S. no da por nulas las declaraciones de las hijas del imputado, pese a que le consta el vínculo, sino que, por el contrario, refuerza su validez, tomándolas como “un indicio más sobre la participación y pertenencia de Víctor Hugo Cabrera al referido grupo”.

6. El Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, en la misma causa y por el mismo hecho (presunto allanamiento ilegal de la vivienda de calle Güemes Nº 5554, que se habría realizado la noche del 11 de octubre de 1976), procesa al imputado por José Schulman, Eduardo Alberto Ramos, pese a obrar en el mismo expediente, el legajo personal de la Policía de la Provincia de Santa Fe, del citado Ramos, donde consta con fecha 31 de agosto de 1976, que: En actuaciones sumarias instruidas al causante y otros, por inf. a la Ley 20.771, el J.P.P. resuelve: 1º) declarar en Sit. de Pasiva a partir del 24-08-76. S.A. Nº 5441 (Ver folio 13) (sic). 
Esta situación de Pasiva se extiende hasta el 18 de enero de 1977, según consta en la anotación inserta en ese legajo personal el 11 de enero de 1977. 
De estas anotaciones, surge de manera precisa, contundente e indubitable, que entre el 24 de agosto de 1976 y el 18 de enero de 1977, por encontrarse en situación de Pasiva, Eduardo Ramos, carecía de estado policial y en consecuencia, no podía participar de ningún procedimiento. 
Ergo, no pudo haber participado en el procedimiento realizado en calle Güemes Nº 5554 en la noche del 11 de octubre de 1976. 
Pero si el Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, tenía la más mínima duda sobre las anotaciones insertas en el legajo personal de Ramos, pudo haber constatado si existían las actuaciones judiciales que motivaran la situación de Pasiva.

7. También queda demostrado en forma palmaria, que José Ernesto Schulman, ha incurrido en el delito de falso testimonio, al afirmar bajo juramento: “por haber sido detenido en 1973 por el mismo grupo” (sic), en el que incluye a Eduardo Ramos, pese a que en el legajo personal de éste, consta que ingresó a la Escuela de Policía de la Provincia, como Cadete, el 13 de marzo de 1973, de donde egresó en diciembre del mismo año; razón por la que no pudo haber participado en la detención del `73, a la que alude Schulman.

8. Que pese a las pruebas irrefutables de la falsedad de los dichos bajo juramento o promesa de decir verdad, de José Ernesto Schulman, el Señor Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, no adopta ninguna acción contra Schulman, y por el contrario, por sus dichos, dicta el procesamiento y la prisión preventiva de los imputados falsamente.

III.- SOLICITA PRUEBA 
 1. Solicito que ese Consejo de la Magistratura recabe copia del auto de procesamiento dictado por el Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, en los caratulados: “Imputado: Cabrera Víctor Hugo y Otros S/Privación ilegal de la libertad (Art. 144 Bis Inc.1) y Asociación Ilícita. Víctima: Schulman, José y Otros”. Expediente Nº FRO54000011/2010.
2. Solicito que ese Consejo de la Magistratura recabe copias de los legajos personales de la Policía de la Provincia de Santa Fe de los imputados identificados, de haber participado en el presunto allanamiento ilegal realizado en la noche del 11 de octubre de 1976, en la vivienda de calle Güemes 5554 de la Ciudad de Santa Fe.
3. Solicito que ese Consejo de la Magistratura recabe información tendiente a establecer si al Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, lo une algún vínculo de parentesco con Roberto Miguel Vera Barros, “desaparecido” el 3 de abril de 1976 en la Capital Federal. En su caso, si ese existe algún vínculo, si no es causal de excusación de este Magistrado en juicios de “lesa humanidad”.

IV.- FUNDAMENTOS 
 El Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros ha ordenado el procesamiento y la prisión preventiva de Cabrera y Ramos, basado únicamente en el reconocimiento e imputación que formula José Ernesto Schulman, secretario de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, quien por su carácter de tal y como querellante en causas en juicios de “lesa humanidad” ha tenido y tiene acceso a toda documentación existente, de la época de los hechos investigados.
El Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros ha ordenado el procesamiento y la prisión preventiva de Cabrera y Ramos, pese a tener agregado al expediente los legajos personales de los imputados, donde consta que a la fecha del hecho motivo de dichas actuaciones; los mismos no se encontraban prestando servicios.
El Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, pese a que hace constar que Graciela Roselló “fue sometida a interrogatorios con el uso de picana eléctrica, golpeada, quemada con cigarrillos y torturada sexualmente” (sic) en la Seccional Cuarta; no adoptó ninguna medida tendiente a identificar, procesar y encarcelar a los autores, cómplices o auxiliadores, por acción u omisión, de estos delitos de los que habría sido víctima, Graciela Roselló.
En lo personal, de resultar víctima de una falaz imputación, el Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros no me garantiza justicia. Por el contrario, puede ordenar mi detención y dejarme en total estado de indefensión, ya que no puedo recordar con precisión con quienes me encontraba y que estaba haciendo en determinada fecha, 40 años atrás y no teniendo libre acceso a toda documentación existente de la época.
Quedando fuera de mi interés personal, las impugnaciones y/o alegatos que pudieran plantear los defensores de los imputados por José Ernesto Schulman.
Reitero, jueces como el Dr. Carlos Vera Barros, ponen en serio peligro mi libertad ambulatoria.
Semanas atrás, José Ernesto Schulman, dio una conferencia de prensa, afirmando haberme denunciado por supuestas "amenazas, instigación a cometer delitos e incitación a la violencia colectiva". (https://www.pagina12.com.ar/61272-provocadores-en-las-redes-sociales)
Esta falsa denuncia, podría ser motivo para que jueces como el Dr. Carlos Vera Barros, ordenen mi inmediata detención, y dicten con total premura mi procesamiento y prisión preventiva, impidiendo tener acceso a la documentación que acredite mi inocencia.

V.- ACOMPAÑA DOCUMENTAL 
1. Copia del auto de procesamiento, motivo de esta presentación.
2. Copia del legajo personal del denunciado por Schulman, Eduardo Ramos.
3. Copia de la denuncia penal que he radicado por estos hechos, ante el Fiscal Federal Nº 2 de la Ciudad de Santa Fe.
4. Copia de escrito de pedido de llamado a ampliación de denuncia, ante la misma Fiscalía.
5. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

VI.- PETITORIO: 
Por todo lo expuesto solicito: 
1- Se tenga por interpuesta formal denuncia contra el Juez Federal Dr. Carlos Vera Barros, por presunto mal desempeño. 
2- Se tenga por presentada la documentación acompañada. 
3- Se arbitren los medios necesarios para la sustanciación de la presente denuncia, se proceda a suspender al Magistrado denunciado y a formular acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento, por la causal de mal desempeño. 

PROVEER DE CONFORMIDAD, 
SERÁ JUSTICIA.- 

 Orlando Agustín Gauna

miércoles, 25 de octubre de 2017

José Schulman y Santiago Maldonado

MIENTE... MIENTE... MIENTE...

José Schulman, el gran mentiroso, vive mintiendo.
Mintió para salvarse del servicio militar, simulando una enfermedad que no tenía. 
Mintió bajo juramento o promesa de decir verdad en las inventadas causas por los llamados delitos de lesa humanidad. 
Y para no perder la costumbre, José Schulman miente en el caso Maldonado. 
Quiere seguir con el curro de los derechos humanos, negociando la sangre derramada. 
GRACIELA ROSENBLUM y JOSÉ SCHULMAN, Presidenta y Secretario General de la LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS DEL HOMBRE denunciaron ante la justicia federal la figura penal típica de desaparición forzada de personas, en concurso con encubrimiento y violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad -arts. 142, ter; 277, punto 1, incisos a), b) y d); art. 279, punto 3 y 248 del C. Penal de la Nación Argentina-, normativa que se integra con la Convención Interamericana de Desaparición Forzada de Personas, y la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra la Desaparición forzada, ambas ratificadas por la Nación Argentina e integrantes de la Ley Suprema de la Nación, conforme lo estatuido por el art. 75, inc. 22) de la C.N. 
Ello, por la desaparición forzada de la que resulta víctima SANTIAGO MALDONADO, hecho acaecido el 1º de agosto de 2017, en la localidad de Esquel, provincia de Chubut. 
La denuncia endereza contra: 
1.1: El Presidente de la Nación argentina, Ingº MAURICIO MACRI, con domicilio legal en Balcarce 50, CABA.- 
1.2: El Jefe de Gabinete de Ministros, Lic. MARCOS PEÑA, con igual domicilio legal.- 
1.3: El Ministro de Seguridad de la Nación, Lic. PATRICIA BULLRICH, con domicilio legal en CABA.- 
1.4: El Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. GERMAN GARAVAGNO, con domicilio legal en Sarmiento 329, CABA.- 
1.5: El Secretario de Derechos Humanos de la Nación. Lic. CLAUDIO AVRUJ, con igual domicilio legal.- 
1.6; El Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación, Dr. PABLO NOCETI, con domicilio legal en CABA.- 
1.7: El Director Nacional de la Gendarmería Nacional Comandante GERARDO JOSÉ OTERO, con domicilio legal en el Edificio Centinela, Av. Antártida Argentina 1480, CABA.- 
1.8: El Comandante de Gendarmería D. FABIAN MENDEZ, con domicilio legal en sede de la Delegación Esquel, provincia de Chubut, de la Gendarmería Nacional.- 
1.9: El Comandante de Gendarmería D. PABLO BADIE, con igual domicilio legal.- 
1.10: El Comandante de Gendarmería D. CONRADO BALARI, con igual domicilio legal.- 
1.11: El Gendarme D. JUAN PABLO ESCOLA, del Escuadrón 36 de Esquel, quien comandó el ataque perpetrado en la fecha de los hechos.- 
1.12: Todo integrante de Gendarmería Nacional que la tarea instructoria determine su participación, por encubrimiento, respecto los hechos del 1º de agosto de 2017, en la localidad de Esquel, Provincia de Chubut.- 
1.13: Todo otro funcionario público y/o integrante de fuerzas de seguridad o policiales que la tarea instructoria determine su participación en el encubrimiento de los hechos que motivan la presente denuncia.- 

Como podrán advertir, 
a mi no me imputa por la desaparición forzada. etc., etc., sobre Santiago Maldonado
Schulman afirmó que Santiago Maldonado fue secuestrado, golpeado y desaparecido por la gendarmería. 
Cuando aparece el cadáver de Santiago Maldonado, José Schulman se apura a decir que el cadáver fue plantado. 

¿Qué dirá el MENTIROSO 
JOSE SCHULMAN 
cuando se conozca el resultado final de la autopsia?

Orlando Agustín Gauna Bracamonte

sábado, 23 de septiembre de 2017

El asesino y el curro del gatillo fácil

‘No te hagas la estúpida. Yo soy un asesino y no me va a temblar el pulso para matarlos a los tres’, gritó el delincuente Walter Exequiel Alarcón ante la imposibilidad de una señora de acatar la orden de tirarse al suelo, por su avanzada edad. 
El asalto lo perpetraba un delincuente menor de edad, en la ciudad de Santa Fe, que no advirtió que ya se había activado un botón de alarma. 
Cuando se aprestaba a darse a la fuga, se detuvo un patrullero policial con dos agentes a bordo. El ladrón se dio a la fuga por calle Belgrano al Norte, cruzó Boulevard y a pesar de haber numerosas personas en esa noche del viernes 11 de marzo de 2016, el autodefinido como “asesino”, no vaciló en disparar contra el joven agente policial que lo perseguía. 
En su fuga, dobló en Castellanos hasta Las Heras y por ésta, hasta Maipú, donde dobló hacia el Este, disparando contra el policía que no cejaba en su persecución en procura de capturar al peligroso delincuente a riesgo de su vida. Durante la persecución, el efectivo policial repeliendo la agresión, alcanza al delincuente con un disparo en la cabeza, desde una distancia de unos 30 o 40 metros. 
El delincuente aún con vida es trasladado a un nosocomio, donde finalmente fallece. 
Nadie desea la muerte de un ser humano, pero ante el auge de la inseguridad, muchos habrán opinado “Un malandra menos”
Para el valiente policía, Emiliano José Navarro, que “jugándose la vida” no abandonó la persecución del delincuente, todos eran elogios. 
Pero siempre están los “caranchos” y el otro gran curro. 
“El curro del gatillo fácil”. 
Pasa el tiempo, se consiguen “testigos”, algunos pueden rectificar sus primeras declaraciones, otros testigos que nunca estuvieron ahora dicen haber estado y visto todo. Hasta no falta quien haya corrido junto al menor delincuente y al atlético policía. 
Un “trapito” que no creo que alcance a correr cincuenta metros. 
Y todo sirve para el “curro del gatillo fácil”. 
Desprestigiar a la buena policía, esa que no vacila en jugarse la vida en defensa de la sociedad. 
Condenar a la cárcel a un inocente y hacerle juicio al Estado, que terminará pagando una jugosa indemnización, con el fruto de nuestros impuestos. 
Mañana estaremos más indefensos que hoy. 
Los buenos policías, ante un delito, mirarán para otro lado, por temor a terminar presos por muchos años. 
En tanto el padre de un peligroso delincuente se verá beneficiado con una importante suma de dinero, como indemnización, por el solo hecho de que su hijo fue abatido cuando había cometido un asalto a mano armada. 

«Cosas tenedes, Cid, que farán fablar las piedras»

Orlando Agustín Gauna Bracamonte

domingo, 17 de septiembre de 2017

Rubén Sala, dirigente del Partido Comunista MIENTE

Rubén Sala, después de años de amnesia, parece haberse recuperado. Pero no totalmente, Sufre alucinaciones, divaga. O se le ha ocurrido mentir para difamarme en la alocada defensa de su camarada José Schulman. 
El domingo 10 de setiembre, Rubén Sala fue entrevistado en el programa televisivo HDP - Hablemos de política, que se emite por la señal de Cable & Diario (El canal del diario El Litoral) por los periodistas Mariano Bravi y Mario Galoppo y afirmó cosas que nunca había denunciado. 

En primer lugar, y en obvia alusión a mis dichos sobre que Schulman andaba armado, parece que no se ha ocupado en leer el libro Los laberintos de la memoria, escrito por su camarada, donde él mismo relata que andaba con un 38 en la cintura.
Dice que yo afirmo que Schulman es mentiroso. La Real Academia Española define como mentiroso al que miente. Y Schulman en el libro antes mencionado relata como mintió haciéndose pasar por epiléptico para salvarse del servicio militar obligatorio. 
Además, el 8 de setiembre pasado, lo he denunciado penalmente a Schulman por falso testimonio, ante el Fiscal Federal Nº 2 de esta Ciudad. Es decir que a mis afirmaciones de que Schulman es un mentiroso, las he llevado a sede judicial.
Pero Sala, pretende superar a Pin 8 Schulman y convertirse en Pin 9 Sala.
En la entrevista periodística dice que quiere una investigación a mis dichos. 
Espero esa investigación. Estoy a disposición de la justicia. Donde como ya he dicho, denuncié a Schulman por falso testimonio.
Pin 9 Sala afirmó en la nota periodística que soy responsable de dos muertes, la del Patón Britos y de un tal Onorio, este último dentro de la Comisaría de Santa Rosa de Lima. Nunca estuve mínimamente involucrado en homicidio alguno ni procesado por apremios ilegales. Tampoco estuve destinado en la Guardia Rural Los Pumas, como afirma Pin 9 Sala.

Y vuelve a mentir cuando dice que estuve preso por robarle a tres cazadores furtivos. 
Fui detenido imputado por el robo de 5.000 cueros de nutria a un acopiador. Y a pesar de mi inocencia, fui condenado por un "Juez de la dictadura" (como les gusta decir a estos seudo defensores de los derechos humanos). Y ese "juez de la dictadura" fue propuesto por el Gobernador (montonero) Jorge Obeid, como Procurador de la Corte de esta Provincia; y al presentar una impugnación contra esa designación, por haber jurado al cargo como juez, de hacer cumplir los estatutos del Proceso de Reorganización Nacional, en su descargo ante la asamblea legislativa, muy suelto de cuerpo, el propuesto, afirmó que ellos juraban "por cualquier cosa". Por voto de la mayoría, ese juez que me condenó, asumió como procurador de la Corte. 

A Otilia, la conozco demasiado bien y por respeto a sus años y por habernos saludado siempre, aún después de haber sido exonerado de la policía, al verla en el Tribunal Oral, fui a saludarla. Ignoro si por los años, no se acuerda de mi, si no me alcanza a reconocer por problemas visuales, o si tiene vergüenza de saludarme delante de quienes la llevan como amuleto a los juicios. 
Y su hija, Nilda Elías era una importante pieza de la organización terrorista Montoneros y podía aportar mucha información sobre las actividades de esta banda delictiva, por lo que cabe suponer que las fuerzas armadas pretendían capturarla con vida para interrogarla. Ella se resistió fuertemente armada y cayó abatida. Solo tenía tres alternativas: suicidarse, entregarse o resistir hasta morir. Optó por esta última. No fue asesinada.

Al periodista que dice en el programa, que yo fui a Tucumán cuando asumió Macri; debo hacerle saber que el actual Presidente, Mauricio Macri, asumió el cargo en la ciudad autónoma de Buenos Aires. Si el periodista está interesado en mis viajes, no necesita andar haciendo seguimientos ni investigaciones; con solo preguntarme, le puedo informar de cada uno de mis viajes y exhibir fotografías. No me oculto ni ando con la cara tapada.
A los conductores del programa, les he pedido el legítimo derecho a réplica, lo que hasta el presente tácitamente me lo han negado, por lo que tendré que acudir a otros canales legales para obtener el derecho a réplica por las falaces imputaciones que me han hecho en ese programa.

Mientras tanto, Pin 9 Salas seguirá mintiendo. 
Como histórico dirigente del Barrio Santa Rosa de Lima, del Partido Comunista y del Movimiento Territorial de Liberación, parece que planes mediante, puede obtener muchos "seguidores". Pero a la hora de votarlo, sus "seguidores" prefieren otras opciones. Esto está demostrado por el escaso caudal de votos que obtuvo en las recientes PASO, representando al Partido Comunista, a la Federación Juvenil Comunista y al Movimiento Territorial de Liberación.
Ahora seguirá apoyando las candidaturas de Cristina Kirchner y Agustín Rossi. Sus candidatos,
Resulta evidente que las dictaduras nazis, fascistas y marxistas, ya están perimidas. 
Creo que no caben dudas que la sociedad no quiere Pin 8, Pin 9 ni violentos.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte





lunes, 11 de septiembre de 2017

Miembros de las FARC arribarían a Santa Fe.

Se espera una pronta llegada de un grupo de terroristas de las FARC  a Santa Fe. 
José Esnesto Schulman,  me ha denunciado ante el Juzgado Federal Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Reinaldo Rodriguez, por supuestas "amenazas, instigación a cometer delitos e incitación a la violencia colectiva".
Si fuera un poco mal pensado, diría que eligió al Juez. 
Este Juez en su momento fue investigado por los sospechosos amparos que resolvía favorablemente en la época del "corralito". Es el mismo juez que dejó prescribir la causa contra la mafia del transporte urbano de pasajeros por colectivo. Que dejó caer una causa por trata de personas de las que serían victimas Romina Gamarra y María Cristina Ojeda. El que concedió la libertad y no imputó a Ignacio Salvador Principatto, cuyos documentos fueron encontrados en el interior del camión con una tonelada y media de marihuana, hallado en la zona de Arroyo Leyes. (Aunque a Principatto la libertad le duró poco, ya que fue capturado en la Provincia de Buenos Aires acompañando el transporte de 1,2 tonelada de droga)
Schulman dijo que la "amenaza es real".
Un medio titula:
EL ATAQUE A SCHULMAN MOVILIZÓ A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS DEL PAÍS Y DEL EXTERIOR 
E informa: El ataque al secretario de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre José Schulman movilizó a los organismos de derechos humanos del país y del exterior que reclaman a la justicia federal de Santa Fe que investigue el hecho. Apenas Schulman denunció el hostigamiento de un ex policía que opera en las redes Orlando Gauna, la Comisión Provincial de la Memoria de la provincia de Buenos Aires -que preside el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel- y otros organismos argentinos se solidarizaron con él y la Liga y exigieron “avanzar con la investigación para llegar a la condena de los responsables”. Pero ahora se sumó una “acción internacional” en Estados Unidos, Paraguay, Colombia, Chile y Republica Dominicana (RD), donde defensores de derechos civiles “se presentaron ante las embajadas de la Argentina para reclamar por esta amenaza”, según reveló el propio Schulman. Uno de los planteos al gobierno de Mauricio Macri lo formalizó la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Dominicana ante la embajadora de nuestro país en Santo Domingo
...cuando Schulman declaró en la causa bajo juramento, interpretó las “amenazas” en su condición de secretario nacional de la Liga y el rol que cumple “en la unidad de los organismos en la lucha por la libertad de Milagro Sala, el rechazo al 2×1 a genocidas y la aparición con vida de Santiago Maldonado. 
Así lo entendieron la Liga y doce organismos de derechos humanos del país, entre ellos Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Abuelas de Plaza de Mayo, Hijos y Familiares de Desaparecidos”, dijo. 
 “Y así lo entendieron la Federación Internacional de Derechos Humanos y el Comité de Católicos contra la Tortura que activaron en Naciones Unidas el mecanismo de protección de defensores de derechos humanos. Y los organismos del exterior que presentaron reclamos ante las embajadas argentinas en Estados Unidos, Paraguay, Colombia, Chile y Republica Dominicana para que se esclarezca esta causa. 
Este no es un tema personal, sino que afecta a todos los defensores de los derechos humanos que somos atacados en todo el mundo”, agregó Schulman. 
Uno de esos reclamos lo presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos de República Dominicana ante la embajadora argentina en Santo Domingo, María Cristina Castro. La nota dirigida a Mauricio Macri  “condena las amenazas a Schulman”, “un sobreviviente de la dictadura cívico militar” e “importante testigo en juicios de lesa humanidad”. Y ubica el hostigamiento “en un contexto de acoso y persecución a jueces, testigos y abogados” en juicios a los “crímenes de Estado en la Argentina”.
(No se informa del reclamo de la DAIA, ni de alguna entidad judía o israelita, por la denuncia de Schulman).

Schulman no puede decir que el Juez Reinaldo Rodriguez defiende a los "represores". Todo lo contrario. 
Las supuestas amenazas, si hubieran existido, serían competencia de la justicia ordinaria y no competencia del fuero federal. Sin embargo, se la admitieron y la trasladaron a la Unidad Fiscal de Derechos Humanos. 
Pero Schulman sabe que las publicaciones hechas en mi muro de Facebook, no tienen entidad, como para tipificar el delito de amenazas, y trata de presionar al poder judicial a través de organismos de "derechos humanos", nacionales y extranjeros, para que violando las leyes vigentes, me encarcelen. 
Con su denuncia y estas injerencias en el poder judicial, trata de amedrentarme.
Ahora solo le basta sumar, la asistencia de un grupo terrorista de las FARC, para que me secuestren o asesinen. 
Para ello, Schulman tiene buenas relaciones con esa banda narcoterrorista. 
El 1º de julio pasado, publicó en su página  https://cronicasdelnuevosiglo.com/2017/07/01/retrato-breve-de-dos-guerrilleros-de-las-farc-javiero-y-luciano-uno-liberado-el-otro-encerrado-en-la-carcel-de-chiquinquira/, un panegírico a dos terroristas de las FARC.
Si este personaje que se define como sobreviviente de la última "dictadura cívico militar", se siente amedrentado por mis dichos en mi muro de Facebook, debo suponer que no lleva más su 38 largo día y noche, como él mismo relata en "Los laberintos de la memoria"  http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:http://www.desaparecidos.org/nuncamas/web/investig/schulman/laberint05.htm&gws_rd=cr&dcr=0&ei=pTq3WYenHoeOwgTH67q4BQ
Y recordando las crónicas periodísticas de aquellos años de plomo, no puedo menos que sentir vergüenza ajena, al comparar a Schulman amedrentado por unos comentarios críticos, no amenazantes; y esos terroristas, hoy llamados militantes, que se enfrentaban a las fuerzas armadas o policiales que los superaban en número y en lo posible, se resistían hasta morir; o se suicidaban para no "entregar" a sus cómplices en un interrogatorio. 
Recuerdo el tenaz enfrentamiento que sostuvo Nilda Elías. O el "Pelado" Piotti, junto con su mujer y dos cómplices en Ituzaingó y Las Heras. O Nilda Peters, que abandonada a su suerte por su cobarde cómplice, optó por suicidarse de un tiro, antes que entregarse.
Pero José Schulman es incapaz de rebatir mis dichos en un debate público; porque sabe que mis argumentos y pruebas, son categóricos e irrefutables.
Por eso, opta por denunciarme por inexistentes amenazas y presiona a la justicia a través de los llamados "organismos de derechos humanos", nacionales y extranjeros.
José Schulman puede, si quiere, mandar a asesinarme. 
Yo sigo mi vida cotidiana, con la tranquilidad de saber que NADIE MUERE EN LAS VÍSPERAS.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte



viernes, 8 de septiembre de 2017

Dr. Carlos Vera Barros: PREVARICADOR o DESCONOCEDOR DEL DERECHO

Con fecha 8 de setiembre, radiqué formal denuncia escrita, ante la Fiscalía Federal Nº 2 de la Ciudad de Santa Fe.
"S.S. no puede ignorar lo establecido en el Artículo 242 del Código Procesal Penal, sobre la prohibición de declarar en contra del imputado, bajo pena de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado."

Formula denuncia por la presunta comisión de los delitos de lesa humanidad, genocidio, falso testimonio y prevaricato.


Señor Fiscal Federal

Orlando Agustín Gauna, D.N.I. Nº 6.255.319, con domicilio en calle Luis F. Leloir Nº 1169 del Barrio El Pozo, de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, por derecho propio, se presenta ante usted y respetuosamente dice:

I – Objeto

Que viene a denunciar como presuntos autores de los delitos genocidio (artículo 6 inciso b y c del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional), de crímenes de lesa humanidad (artículo 7 inciso e del mismo cuerpo legal), de falso testimonio (artículo 275 del Código Penal) y prevaricato (artículo 269 del Código Penal) a José Ernesto Schulman, a S.S. el Señor Juez subrogante a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1, Dr. Carlos Vera Barros, y al Secretario de Derechos Humanos, Dr. Federico Grimberg respectivamente.

II – Legitimación

El legítimo derecho a formular la presente denuncia deviene de lo establecido en el Artículo 174 del Código Procesal Penal de la Nación.
Y ejerce este derecho para formular denuncia de estos presuntos delitos de acción pública debido a que, una persona se encuentra, cree, que injusta e ilegalmente bajo prisión preventiva.

III – Hechos

Que ha tomado conocimiento que en la Unidad Penal Nº 2 (Cárcel de Las Flores) se encuentra alojado en calidad de procesado, el ciudadano Víctor Hugo Cabrera, D.N.I. Nº 10.874.541; como presunto autor de violación de domicilio por allanamiento ilegal de la vivienda de calle Güemes Nº 5554 de la Ciudad de Santa Fe, en perjuicio de Graciela Roselló y José Schulman (Artículo 151 del Código Penal) y de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por ser cometida por violencia y amenazas, y en los tormentos agravados por ser ejercidos contra perseguidos políticos cometidos en perjuicio de José Schulman, Graciela Roselló y Hernan Gurvich en concurso real Art. 144 bis inc . 1º en función del Artículo 142 inc. 1º, 144 ter, primer y segundo párrafo, según ley Nº 14616 y 55 del Código Penal. Esto es en autos caratulados “Imputado Cabrera, Víctor Hugo y Otros S/Privación ilegal de libertad (Art. 144 Bis inc. 1) y Asociación ilícita. Víctima: Schulman José E. y Otros”.

Que, en los referidos autos, cuya copia se adjunta, en un párrafo se señala;
Más específicamente José Ernesto Schulman declaró que fueron Cabrera, Ramos y Rebechi los que lo detuvieron a él, a su esposa y a Gurvich, …    … y que logra identificarlos precisamente cuando es detenido y torturado en el año 1977.-
Y más adelante, continúa el escrito;
Asimismo, en su testimonio aprestado a fs. 320/321 expresó: “Dentro del grupo estaban los integrantes de inteligencia de Santa Fe Osmar Rebechi, Juan González, Eduardo Ramos y Víctor Cabrera, a quienes conocía por haber sido detenido en 1973 por el mismo grupo y por haber estado ellos la noche del 5 de diciembre de 1975 y haber puesto una bomba en mi domicilio. Los nombres de los mismos surgieron de los expedientes a los que tuve acceso 1998” (sic).

De lo trascripto, se desprende en forma palmaria, que José Ernesto Schulman, ha declarado bajo juramento o promesa de decir verdad, en una causa penal, que Víctor Hugo Cabrera participó en su detención en 1973, que fue uno de los que le colocó una bomba en su domicilio, y que participó en un supuesto allanamiento ilegal, con su consiguiente detención en la noche del 11 de octubre de 1976 y por cuya imputación se encuentra detenido.
En el auto de procesamiento no se hace otra referencia a la detención de Schulman en 1973. Pero remitiéndonos al libro escrito por Schulman, “Los laberintos de la memoria”, en el capítulo 3, refiere haber sido detenido por Rebechi y otras personas, en averiguación de antecedentes, el 25 de mayo de 1973. No haciendo ninguna referencia a la participación de Víctor Hugo Cabrera en esta detención.
Pero en su declaración imputa a Cabrera “por haber sido detenido en 1973 por el mismo grupo”. Imputación que sería falaz, atento a que Cabrera habría ingresado a la Repartición policial en el año 1974. Algo muy fácil de comprobar, remitiéndose al legajo personal del acusado Cabrera. Y si Cabrera no trabajaba en la policía, el declarante Schulman, habría incurrido en el delito de falso testimonio al afirmar bajo juramento o promesa de decir verdad, que Cabrera fue uno de los que lo detuvo en esa oportunidad. También es fácil remitirse a los libros de Guardia de esa fecha, de la Seccional policial donde fuera alojado, y verificar quienes lo entregaron en calidad de detenido en “averiguación de antecedentes” y quienes eran los que fueron detenidos con él, para que estos, ratifiquen o rectifiquen la imputación de los actuantes en el procedimiento policial.

Schulman, también afirma como VERDAD REVELADA, que Cabrera fue uno de los que le colocó una bomba en su domicilio. Esta declaración la hace bajo juramento o promesa de decir verdad, pese a no haber visto el momento en que se colocaba y hacia detonar el artefacto explosivo, ni aportar testigos que lo hubieran visto.

Por último, en lo que respecta al presunto allanamiento ilegal de la vivienda de calle Güemes Nº 5554, que se habría realizado la noche del 11 de octubre de 1976, por el que imputa como partícipe del procedimiento a Víctor Hugo Cabrera, para comprobar la veracidad o falsedad de sus dichos, basta con remitirse al legajo policial personal del acusado por Schulman, para constatar que Cabrera se encontraba licenciado del servicio a la fecha del referido procedimiento. Además, en el mismo legajo, se podrá comprobar si Cabrera para ese entonces, prestaba o no, servicios en el Departamento de Informaciones de la Policía de Santa Fe (D2) y si estaba subordinado al Oficial Osmar Rebechi.

A todo lo expuesto, solo resta remitirse al legajo personal del acusado Víctor Hugo Cabrera, que obra en los autos de referencia. Y de comprobarse que el mismo ingresó a la repartición policial en el año 1974 y que al 11 de octubre de 1976 el mencionado Cabrera no prestaba servicios en el Departamento de Informaciones Policiales ni estaba subordinado al Oficial Osmar Rebechi, y que, además para esa fecha se encontraba de licencia; quedaría demostrado en forma palmaria que los dichos de José Schulman, prestados bajo juramento o promesa de decir verdad, serían falsos.

Y de comprobarse estos supuestos, cabe sospechar que el Juez subrogante a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos A Vera Barros; Secretaría de Derechos Humanos, Dr. Federico Grimberg, pudo haber incurrido en el delito de PREVARICATO, al dictar un auto de procesamiento contra Víctor Hugo Cabrera, suma al plexo probatorio el legajo personal de Cabrera (fs. 155/163), donde se acreditaría la falsedad de la imputación que hace Schulman.
En el mismo auto de procesamiento que suscriben los doctores Vera Barros y Grimberg, se señala:
“Otro dato que refuerza esta hipótesis son las declaraciones testimoniales de Silvina Alejandra Cabrera y María de los Ángeles Cabrera (fs. 1456/1460), las cuales constituyen un indicio más sobre la participación y pertenencia de Víctor Hugo Cabrera al referido grupo. La primera de las nombradas se refirió a que su padre trabajaba en el servicio de inteligencia de la provincia…” (sic)
Y S.S. no puede ignorar lo establecido en el Artículo 242 del Código Procesal Penal, sobre la prohibición de declarar en contra del imputado, bajo pena de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado.
Pero S.S. no da por nulas las declaraciones de las hijas del imputado, pese a que le consta el vínculo, sino que, por el contrario, refuerza su validez, tomándolas como “un indicio más sobre la participación y pertenencia de Víctor Hugo Cabrera al referido grupo”.

A consecuencia de lo expuesto, cabe sospechar la existencia de un plan sistemático para la comisión de delitos de lesa humanidad y genocidio, contemplados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en su artículo 6, incisos b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; y c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial. Y Artículo 7 inciso e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional. Norma de plena vigencia por consistir en tratados con jerarquía constitucional aprobado por la Ley Nº 25.390 e implementado por la Ley Nº 26.200, vigentes con anterioridad a los hechos que se denuncian.
Esta violación a las disposiciones del Estatuto de Roma es causada por una verdadera “caza de brujas” con la manifiesta intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, que durante el Proceso de Reorganización Nacional o “dictadura cívico militar”, ocupó cargos en las fuerzas armadas, de seguridad, policiales y penitenciarias; y o civiles sobre los que hubiera la más mínima sospecha de afinidad con el gobierno militar.
Y en el caso particular de Víctor Hugo Cabrera, pese a su precario estado de salud, está sufriendo una privación grave de su libertad física, desde hace dos años en prisión preventiva, con la carencia de elementos de convicción suficientes que hagan sospechar su participación en el hecho imputado; por lo que cabe presumir la responsabilidad penal, de José Ernesto Schulman, del Juez Federal de Primera Instancia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos A Vera Barros; y el Secretario de Derechos Humanos, Dr. Federico Grimberg.

IV – Prueba

Para facilitar la investigación de los hechos que aquí denuncio, ofrezco la siguiente prueba,
1.            Copia del auto de procesamiento.
2.        Copia de la hoja de faltas al servicio del legajo personal de Víctor Hugo Cabrera.

V – Petitorio

Por todo lo expuesto, se solicita:
1.            a) Se llame a ratificar la presente denuncia.
2.       b) Promueva la acción penal, conforme se lo impone el Artículo 65 del Código Procesal Penal de la Nación.

VI – Exordio

Haciendo expresa reserva de, en caso de ser desoída esta presentación, informar los hechos al Señor Fiscal de la Corte Penal Internacional, y requerir la remoción del Dr. Vera Barros al Consejo de la Magistratura; se ruega tener presente, y así proveer de conformidad,
                                                            

                                 SERÁ JUSTICIA


                                Orlando Agustín Gauna