Fue noticia el 14 de junio del corriente año que el ex
presidente de la Nación Carlos Menen fue sentenciado por la venta de armas a
Ecuador y Croacia, ello después de 18 años y posiblemente producto del desastre
provocado por el estallido de la fábrica militar de Río Tercero.
En este ultimo hecho mencionado el Dr. Ricardo Mones Sans, querellante en el mismo, pidió procesar a Balza (la omisión de su grado es producto de su miserabilidad que provoco que fuera echado del Circulo Militar porque contrariamente a lo sostenido por el miserable, el abogado sostuvo que “el tenia responsabilidad y competencia sobre Fabricaciones Militares, así como dominio del hecho”. (Sic. Diario la Nación del 14 jun.2013-Pág.8)
Cabe acotar además que las armas tenían una identificación de su pertenencia original al EA. (Descubierto esto en la mismísima Croacia por un Sr. Coronel argentino quien honorablemente descubrió este hecho)
El Dr. Mones Sans utiliza, al perecer, una de las mismas armas que todos los tribunales utilizan en los juicios a militares: la teoría del jurisprudente alemán CLAUS ROXÍN al citar el “dominio del Hecho”.
Si bien en el caso de los militares, policías, gendarmes, prefectos y penitenciarios , fue la Teoría de ROXIN que desarrollo sobre la “AUTORIA MEDIATA” donde el dominio del hecho se da por fuerza en un aparato organizado de poder-lo que aplico a partir del caso Eichmann y se la utilizo en el caso argentino para involucrar a la mayor cantidad de imputados posible, por supuesto tergiversada como se comprueba a través de otros jurisprudentes tales como GUNTHER JACOBS , KOESLER , HETCHER y el argentino BASIGALUPO por ejemplo.
Todo ello además imposible de que exista mediatez en una institución por esencia vertical, donde la responsabilidad es exclusiva del comandante o jefe y que, ni siquiera se puede delegar.
Al parecer el abogado Mones Sans, se toma de que en su tesis ROXIN sostiene también que es admisible la autoría mediata en el caso de crímenes de estado, de guerra o de organizaciones mafiosas.
El sujeto dentro del aparato mafioso de poder que se encuentra más cerca de los órganos ejecutivos de decisión y mas lejos de las victimas e imparte órdenes a sus subordinados, proporciona al mismo mayor dominio del hecho pese a estar más alejado de las víctimas.
Es decir que la misma fundamentación que se le cayo encima a los soldados que lucharon contra la SUBVERSIÓN INTERNACIONALISTA, MARXISTA y REVOLUCIONARIA, le debe caer a aquel que hablo desde un puesto de comando imprudente e inmoral (programa de NEUSTADT) expresando que habíamos cumplido órdenes inmorales (conste que según el código de justicia militar el no cumplimiento de una orden de un superior puede ser penado hasta con la muerte).
Esperemos que la vara equivocada que juzgó o está juzgando a los PRESOS POLÍTICOS sea la misma para JUDAS a pesar de su arrastrado puesto logrado a través de su DESHONRA lo pretenda salvar.
Ezeiza, 17 de junio de 2013
Cnl (R) Jorge Toccalino
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