domingo, 28 de mayo de 2017

Combate de Manchalà 42º Aniversario

El 29 de mayo es el día del Ejército Argentino.

Para ese día del año 1975, el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) había preparado su "gran golpe". Sorprender a la plana mayor del Ejército Argentino en la localidad de Famaillá, Provincia de Tucumán. Tomar algunos rehenes y asesinar a los demás.
Para el "gran golpe", el ERP dispuso de casi toda su capacidad operativa. Preparó en la zona a toda la compañía Ramón Rosa Jimenez, reforzada, además, por contingentes llegados desde Córdoba. 
Se organizaron los siguientes grupos de combate: 
Comando: conducido por Jorge Carlos Molina (Capitán Pablo) con la misión de dirigir toda la operación a través de una red de comunicaciones. 
Plaza: conducido por Hugo Irurzun (Capitán Santiago) e integrado por 35 combatientes, con la misión de copar la zona hasta que se hubiesen retirado todos los efectivos de la compañía con el armamento secuestrado y los rehenes capturados. 
Escuelita: conducido por Manuel Negrín (Teniente Roberto) con la misión de anular la capacidad de reacción de las fuerzas que custodiaban y de ser factible copar el puesto. 
Puente: combatientes con la misión de ocupar posiciones sobre el puente del río Famaillá.   
Sanitario: lo integraban tres médicos. 
Contaban con 2 camionetas, 2 camiones y armamento proporcionado por la Regional Córdoba sustraído al Batallón de Comunicaciones 141.
En total eran 117 terroristas  uniformados y unos 50 de civil para operaciones de apoyo.

Pero estos criminales no percibían el rechazo de la población a su doctrina cosmopolita y atea, y menos aún como se imbuían de espíritu patriótico, los soldados conscriptos.
"Nadie muere en las vísperas"
El día previo al "gran golpe", gran parte de los terroristas, se aproximaban al objetivo y se sorprenden al pasar frente a la Escuelita de Manchalá, al ver a un pelotón de soldados (una docena de soldados y dos suboficiales), que estaban refaccionando la escuela. Inmediatamente los terroristas abren fuego contra los soldados, hiriendo al que estaba apostado frente a la Escuelita. 
Y ese puñado de soldados que cumplían con el servicio militar obligatorio, con escasa preparación militar, con poco armamento pues solo estaban para pintar la escuela, y en inferioridad numérica (una relación de 1 soldado cada 10 terroristas) hicieron fracasar el "gran golpe" y pusieron en fuga a terroristas con muy buena preparación militar en Cuba y armamento para el "gran golpe".
Los terroristas abandonaron armas, vehículos y documentación en su desesperada huida por los cañaverales.
Esto también pasó en la Argentina y ocurrió durante un gobierno constitucional. 
Esos "jóvenes idealistas"no luchaban contra ninguna dictadura. Intentaban imponer una dictadura castro -comunista.

Orlando Agustín Gauna


viernes, 26 de mayo de 2017

CIBERBULLYNG: DELITO SIN CONDENA

 No escapa al conocimiento de educadores, padres, adolescentes y cualquiera que tenga la posibilidad de “entrar” a Internet que delitos contra semejantes, se comenten a diario. 

Para citar un ejemplo en las Redes Sociales; quienes se suman con la intención de mantener contacto con amistades, clientes potables para una empresa, además de informarse de lo que sucede a la vuelta de la esquina en materia de inseguridad, economía, educación, clima, en orden a todo lo que tiene que ver con el entorno o lo que pasa en el resto del planeta, en muchos casos son víctimas de acoso, hostigamiento, burlas, memes y cuanta maldad se pueda manifestar delante de un teclado y detrás del anonimato. Facebook, “otorga” el derecho a quienes ven vulneradas sus fotografías con comentarios soeces, o por la “creación” de perfiles falsos, paginas, personajes de ficción, eventos…con nombres reales o parecidos, a Reportar lo que consideran un avasallamiento hacia su persona. 
Marni Eliana Hernandez                             
Responder a la solicitud de amistad
 ¿Quién tiene capacidad para evaluar si esos comentarios dañan? ¿Leen entre líneas su contenido? 
 ¡¡¡NO!!! 
El hecho es que Facebook presenta opciones que carecen de las especificidades por las que se lleva a cabo un Reporte, por ejemplo, comentarios sobre fotografías reales que no pertenecen a quien delinque tras las sombras. 
Facebook no toma en cuenta que la repetición de fotografías que no se encuentran actualmente en el perfil de la víctima y los comentarios agregados a éstas, transgreden las normas comunitarias de quien ve permanentemente atacada su imagen, aunque esas normas no sean las de Facebook. 

El decadente estado anímico, emocional y hasta físico, derivado éste ultimo de falta de sueño por las dudas que se presentan sobre quien esconde su verdadero nombre y rostro para delinquir, investigando uno y otro perfil y los contactos de éstos, reportando para que la respuesta de Facebook sea en su mayoría: 
“NO TRANSGREDE NUESTRAS 
NORMAS COMUNITARIAS”, 
llevan a la víctima a considerar si es hora de dejar de pertenecer al mundo virtual en pos de la tranquilidad perdida.
¿Cómo se descubre que un “ser humano” se está ocupando de causar daño y perjuicio a otro? 
A casi nadie se le ocurre ir al Buscador para ver cuántos perfiles homónimos hay. 
Un contacto “amigo” advierte que le llegó una nueva “Solicitud de Amistad”, un msn “invitando” a ver el delito consumado y lo que irónicamente sucede cuando quien comete el delito, ansiosamente “avisa” a su víctima metiéndose en su msn que no siempre logra verse a tiempo por cuanto los msn de quien no es Contacto, suelen no abrirse por precaución. 
Organizaciones mundiales, políticos, gobiernos, están ocupándose de esta modalidad que hasta ha llevado a personas sensibles a quitarse la vida (ver casos en servidores de internet). 
Para quienes ya no es novedad el ataque por repetitivo y por no causar la “sorpresa” inicial, la experiencia de haber pasado por ellos, minimiza el desenlace buscado por quién está detrás de una venganza, despecho, envidia, rencor y cualquier motivo que le priva de dar la cara personalmente, escudándose en la creación de lo que más tarde, serán pruebas en su contra. 
Y también aparecen ahora, supuestas mujeres que envían solicitudes de amistad y al ser aceptadas, comienzan a realizar invitaciones para tener “sexo virtual”, solicitando que el invitado, comience a hacer exhibiciones de su cuerpo desnudo, vaya uno a saber con qué fines. 
¿Ciberbullyng o extorsión? 
También están quienes difunden imágenes privadas, teniendo sexo o en situaciones que se permitieron tomar para conservar en el ámbito privado
Es hora que la JUSTICIA, ordene a las redes sociales, creen un ARCHIVO DE IMÁGENES tal como sucede en Google. FOTOGRAFIAS que son usadas para transgredir normas o reportadas por víctimas de delitos que causan mayor daño que una trompada o agresión verbal con victimario/a fácilmente detectable y denunciable. 

 Una víctima del Ciberbullyng

MENTIRAS TUS MUERTOS

"Mentirás tus muertos" se titula un libro de José D ´Angelo, donde desnuda en forma muy documentada, la mentira y el "curro" de los desparecidos. 

"Mentirás tus muertos" puede titularse cualquier manifestación (oral, escrita o televisiva) de organismos de derechos humanos. 
En la Provincia de Buenos Aires,  la Gobernadora Vidal promulgó una ley que la Legislatura sancionó casi por unanimidad, por la que se OBLIGA a mentir sobre el número de desaparecidos.
La misma Ley OBLIGA a referirse al gobierno del "Proceso de Reorganización Nacional", como "Dictadura cívico-militar", lo que por ser una verdad a medias, también es una mentira.
Por regla general, a los gobiernos de facto, se los refiere como "dictaduras".
Otras verdaderas dictaduras, se hacen llamar gobiernos democráticos. Ejemplo de ello, son Cuba, Venezuela e inclusive el gobierno de los Kirchner.
Parafraseando al General San Martín, puedo decir: "prefiero un gobierno que los demagogos llamen tirano, pero que me prive de los bienes que me brindan estas democracias". 
Es indudable que se trató de un gobierno cívico militar. Los políticos colaboraron activamente haciéndose cargo de cientos de intendencias en todo el país. 310 fueron ocupadas por afiliados de la Unión Cívica Radical, 169 por miembros del Partido Justicialista, 109 por el Partido Demócrata Progresista, 94 del MID (Movimiento de Integración y Desarrollo, 78 por la Fuerza Federalista Popular y 44 por afiliados a otros partidos. Además de haber ocupado otros cargos en distintos puestos del gobierno y numerosos jueces que juraron por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, o de la Revolución Argentina, como el Dr. Eugenio Zafaroni o la Dra. Elisa Carrió.

Y si nos remontamos en el tiempo, no podemos ignorar que el líder socialista Alfredo Palacios asumió como embajador argentino en la República Oriental del Uruguay, designado por el presidente de facto, Eduardo Lonardi.
Verdades a medias y mentiras de una clase política que procura ocultar su avaricia y corrupción agigantando los delitos de otros. Y si es necesario, inventando delitos. 
Dios y la Patria se lo demanden.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte


martes, 23 de mayo de 2017

Terrorismo bueno - Terrorismo malo

Este 22 de mayo, el mundo fue sacudido por el atentado terrorista cometido durante un concierto en Manchester. 

Los medios de comunicación social de nuestro país cubren la noticia "al minuto". Se condena el criminal atentado terrorista desde los distintos sectores de la sociedad argentina.
Pero hay una excepción. Los sectores llamados defensores de los derechos humanos, se llaman a silencio. 
Para ellos, hoy es políticamente incorrecto  aplaudir el atentado, como en su momento fue políticamente incorrecto criticar al flamante Papa Francisco. 

Al Papa, los "defensores de los derechos humanos" pueden ir a lamerle sus gastados zapatos. 
Pero, ¿condenar un atentado terrorista? ¡¡¡JAMAS!!!
Y la prensa argentina, no recuerda ni compara, este y otros atentados, con los que sufrimos los argentinos en los años `70, cuando "jóvenes idealistas", pretendían hacernos gozar de las mieles del comunismo, que ya había asesinado a millones de personas en el mundo.
Hoy, Cuba y Venezuela son un ejemplo palmario del destino de nuestro pueblo si hubieran triunfado aquellos "jóvenes idealistas" y sus seguidores, que aún hoy, levantan las banderas del Che.
No se pueden guardar en el arcón del olvido, atentados como el cometido en el comedor de la Superintendencia de la Policía Federal, o el que se cometió contra el colectivo policial en Rosario. 
No se pueden olvidar las muertes de tantos niños causadas por las balas asesinas de Montoneros y erpianos.
Quienes gritan ¡Memoria!, silencian estos hechos. 
Quienes declaman por los derechos humanos, son incapaces de repudiar estos atentados terroristas.

Orlando Agustín Gauna

sábado, 13 de mayo de 2017

¡¡¡Libertad al Tte. Coronel Emiio Nani!!!

Libertad al Tte. Coronel Emilio Guillermo Nani y a todos los que están injusta e ilegalmente detenidos por haber combatido al terrorismo marxista.

El próximo jueves 18 de mayo, a las 12,30 horas, en la intersección de San Gerónimo y Gral. López (Plaza 25 de Mayo) de la Ciudad de Santas Fe de la Vera Cruz, se realizará un breve acto, exigiendo la libertad del Teniente Coronel Emilio Guillermo Nani y de todos los que están injusta e ilegalmente detenidos por haber combatido al terrorismo marxista. 
Organiza el Centro de Estudios Nacionalistas Hnos. Irazusta (C.EN.I.)
Colaboran y participan La Otra Campana Santa Fe . Paraná; Asociación de Familiares y amigos de las Victimas del Terrorismo en la Argentina (AfaVitA) Delegación Santa Fe y Unión de Proociones Santa Fe - Paraná

No lamentes la muerte de un prisionero, 
si no haces nada por su libertad

miércoles, 10 de mayo de 2017

Los políticos de hoy y Charles Lynch

Charles Lynch fue un revolucionario estadounidense que encabezó una irregular Corte en Virginia para castigar a un grupo de conservadores acusados de varios incidentes durante la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos. 
Estos reos fueron absueltos de todos los cargos por el jurado que debía juzgarlos. 
Lynch con un grupo de vecinos “juzgó”, “condenó” y ahorcó a los acusados. Su nombre dio origen al término “linchamiento”. 
Es un acto que está fuera de la ley, por ser el Estado el que debe sostener el monopolio de la fuerza (ius puniendi). 
En nuestro país, una Justicia garantista “garantiza” los derechos humanos de los delincuentes, en desmedro de los derechos
humanos de los ciudadanos que viven dentro de la ley y que aportan con su trabajo al sostenimiento de la Nación. 
Un gobernador es asesinado por su esposa y ésta permanece en libertad luego del crimen, y cuando, juzgada, es condenada, se dispone que cumpla su prisión en un establecimiento asistencial de salud. 
A violadores sexuales y asesinos se les conceden salidas transitorias y libertades anticipadas sin ningún control, habiéndose comprobado luego que reincidían en sus delitos. Otros presos se unen al “Vatayón militante” para obtener “salidas culturales”. 

Así, la inseguridad, que aumenta exponencialmente debido a los elevados índices de pobreza y exclusión social, encuentra en la impunidad otro elemento para su crecimiento, obligando a los ciudadanos que no delinquen a vivir enrejados, lo que tampoco alcanza para brindarles seguridad. Tiempo atrás, en la ciudad de Santa Fe, dos delincuentes asaltaron a una persona y huyeron en moto. Un vecino advirtió el delito y los persiguió en auto, mientras por celular dio aviso a la policía. En su fuga chocaron contra un automóvil, cayeron y continuaron su huida a pie. Entonces varios vecinos se sumaron a la persecución, alcanzaron a uno de ellos y le dieron una feroz golpiza, hasta que la policía lo rescató de manos de los vecinos. 
Luego, una Justicia garantista lo liberó para que pudiera continuar delinquiendo. 
En Buenos Aires, el periodista Ángel “Baby” Etchecopar, víctima de un asalto, en defensa propia debió dar muerte a uno de sus agresores y herir a otro. El delincuente muerto estaba gozando de la libertad condicional que le había otorgado nuestra Justicia garantista. 

La mayor parte de nuestra sociedad aplaude la golpiza propinada al delincuente en Santa Fe y el homicidio cometido por Etchecopar. Del mismo modo que repudia los beneficios concedidos a la Sra. Susana Freidoz, asesina del entonces gobernador de Río Negro. 
En los últimos años, jueces apañados por el poder legislativo y/o presionados por el poder ejecutivo, comenzaron una caza de brujas, aplicando leyes con retroactividad y violando todas las garantías constitucionales. 
Ahora, por un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que se ajusta a derecho, los grupos de izquierda que desde hace décadas pretenden convertir a la Argentina en una Cuba Castro comunista; arman un revuelo mayúsculo y organizan una movilización de las que estamos acostumbrados a ver, con el zurdaje y los gremios amigos y punteros que llevan a sus "planeros" en colectivos pagos vaya uno a saber por quién.
Y la clase política se horroriza y en un santiamén, sancionan  una ley que modifica una ley derogada, legislando con efecto retroactivo. Un solo legislador, el salteño Alfredo Olmedo tuvo el coraje cívico de votar en contra de una ley "ilegal".

Se alega que se tiene la finalidad de aclarar lo que determinaba la Ley ley Nº 24.390.
¡¡¡MENTIRA!!!
Cuando se promulgó la Ley Nº 24.390, aún no se había dictado el Estatuto de Roma y en nuestra legislación no estaban previstos los delitos de lesa humanidad ni genocidio. Más aún, cuando el legislador sanciona la Ley, determina expresamente los casos en los que no es de aplicación del beneficio del "2 x 1".
Hoy la consigna de los zurdos, acatada por una clase política timorata y avarienta, es que los que derrotaron al terrorismo marxista, mueran  en la cárcel, sin importar, que en esa caza de brujas, caigan condenados todos, muchísimos totalmente inocentes de los cargos que les quieren imputar, como el caso de agentes policiales que acordonaban las zonas donde se habían producido enfrentamientos.
Esto constituye un  verdadero linchamiento.
Acaso, hoy, por un lado, ante tanta injusticia de la Justicia se esté provocando a los ciudadanos a hacer justicia por sus propias manos. 

Y por otro lado, se está provocando a una guerra civil, entre el marxismo y los perseguidos por linchadores.
Yo me pregunto: ¿Adónde estarían los "políticos" hoy, si hubieran triunfado los terroristas seguidores del Che. 

Para ejemplo, basta ver como se vive en Cuba y en Venezuela.
Ojalá la Justicia comience a hacer justicia, para que no se produzcan más linchamientos, y los políticos se dediquen a ocuparse por el bienestar general de los argentinos.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte

martes, 9 de mayo de 2017

La Ley del 2 x 1... 2 x 1 = 2

El 29 de diciembre de 1993, el Senador Augusto Alasino, conocido como “El Choclo”, presentó un proyecto de ley, que fue aprobado por ambas cámaras y sancionado como Ley Nº 24.390, el 2 de noviembre de 1994 y promulgada de hecho el 21 del mismo mes y año. 
Esta Ley en su Artículo 7º establecía que “Transcurrido el plazo de dos años previsto en el artículo 1 (La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años), se computará por un día de prisión preventiva dos de prisión o uno de reclusión.
El 14 de marzo de 2001, se sancionó la Ley 25.430, que derogaba el beneficio establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 24.390.
El Artículo 2º del Código Penal Argentino establece expresamente queSi la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna. En consecuencia, todos los delincuentes que hubieran cometido delitos antes de la entrada en vigencia de la Ley 25.430 podían acogerse al beneficio de la Ley más benigna.
De hecho, salvo casos excepcionales, los que cometieron delitos antes del 14 de marzo de 2001, debieron haber sido juzgados y en caso de ser condenados y beneficiados, si hubiere excedido el término de prisión preventiva.
El 6 de agosto de 2013, La Corte Suprema de ¿justicia? Declaró inadmisible el recurso fiscal que se oponía a la aplicación del beneficio de la Ley 24.390 (del 2 x 1), por lo que éste beneficio le fue concedido al Coronel Antonio Herminio Simón. El juez Ariel Lijo lo condenó a 19 años de prisión y en el mismo fallo, el magistrado le aplicó el beneficio del 2 x 1.
El rechazo al recurso fiscal fue suscripto por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Eugenio Zaffaroni. La Presidente Cristina Fernández de Kirchner, haciendo alarde de una supuesta independencia de los Poderes del estado, manifestó: "Este Fallo no se hubiera dado en el Gobierno anterior...". Y las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo se llamaron a silencio al igual que todo el zurdaje.
Actualmente, un fallo de la Corte Suprema de ¿justicia?, con la oposición de Lorenzetti y Maqueda le concede el beneficio del 2 x 1 al imputado Luis Muiña y se armó un escándalo de mayúsculas proporciones. ¿Cuál es la diferencia? ¿Acaso, la exitosa abogada, los acallaba con jugosos subsidios?

Pero en “el mundo del revés”, el Congreso de la Nación viola la Constitución Nacional y ANULA una ley (de punto final y obediencia debida); quitando derechos adquiridos. Y una corte Suprema de ¿justicia?, integrada por el dueño de departamentos utilizados como prostíbulos y una Ministra, que en el informe original de la CONADEP figura como desaparecida, avala la aplicación de leyes con retroactividad.
La Ley 26.200 de implementación del Estatuto de Roma, fue promulgada de hecho el 5 de enero de 2007; y en su Artículo 2º determina que “El sistema penal previsto en el Estatuto de Roma y la presente ley sólo son de aplicación para los crímenes y delitos respecto de los cuales la Corte Penal Internacional es competente.”
Y esa Constitución Nacional establece en su Artículo 18, que “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.
Pero hoy, a quienes combatieron al terrorismo marxista en la Argentina, se los encarcela, se los juzga por leyes sancionadas con posterioridad al hecho del proceso, se los ha sacado en muchos casos, de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa (Tribunales de Justicia Militar) y se los priva de los derechos adquiridos por las leyes de Punto Final y Obediencia debida.

Orlando Agustín Gauna Bracamonte


lunes, 1 de mayo de 2017

Señor Luis Mino

Mi nombre es Orlando Agustín Gauna y soy Delegado en Santa Fe de la Asociación de Familiares y Amigos de las Victimas del Terrorismo en la Argentina (AfaVita). 

En una oportunidad, hace algunas semanas pasé por la emisora Aire de Santa Fe, de la que supongo es usted uno de los responsables, y solicité se nos concediera una entrevista para comunicar el sepulcral ocultamiento de las víctimas del terrorismo marxista del que fuimos victimas unos 20 millones de argentinos, que en los años 70 estábamos expuestos a ser inocentes víctimas de los salvajes ataques a disparos de armas de fuego o por la detonación de explosivos. 

Un niño que va a una entidad bancaria con su madre, cuando ingresan estos criminales, con la intención de asesinar al policía de guardia, y logran su objetivo, pero también matan al inocente niño. Una kiosquera que cumple su tarea cotidiana y de pronto es alcanzada por uno de los tantos disparos efectuados por estos terroristas, para asesinar al General Juan Carlos Sánchez. 

El más sangriento atentado cometido por estos terroristas en nuestra Provincia, se produjo el 12 de setiembre de 1976, cuando estos criminales hicieron estallar un coche bomba, al paso de un colectivo policial. Murieron 9 agentes policiales, y muchos quedaron con graves heridas. Pero también murieron por la explosión, un fotógrafo y su esposa, inocentes victimas que circulaban por el lugar. 
No podemos olvidarnos del valiente soldado Hermindo Luna y otros nueve colimbas, que murieron defendiendo el Regimiento de Infantería de Monte de Formosa; pero en la Universidad Nacional del Litoral hay una placa que homenajea a uno de esos terroristas, Roberto Mayol. 

Y sigue una larga lista de víctimas fatales de estas organizaciones terroristas, ajenas al conflicto entre las fuerzas gubernamentales y los terroristas que querían tomar el poder por las armas, desde 1963 hasta ser derrotados en el campo militar por el último gobierno de facto. 
No fuimos convocados por la emisora. 
Si bien, se supone que los medios de comunicación social tienen la función de informar a la población, y en lo posible, “hacer oír todas las voces”; también tiene el derecho de impedir que se escuchen “otras voces” en su propio medio. 
Le comunicamos a ese medio, Aire de Santa Fe, que el 29 de abril íbamos a realizar una caravana automovilística en homenaje a las víctimas del terrorismo marxista y tampoco se difundió la información. 
A lo mejor pecamos de ilusos al creer que para difundir esa información no había que pagar. 
Pero la gente es mala y comenta. Comenta que un periodista estuvo en una vecinal de la zona de la Costa, instando a la gente a que no se sume a la caravana. ¿Vaya uno a saber si es cierto? 
Y llegó el día 29 de abril. 
La caravana se detuvo en distintos puntos de la Ciudad, donde los terroristas cometieron asesinatos, y también pasamos y nos detuvimos frente a Aire de Santa Fe. 
Solicitamos se nos entrevistara y difundiera lo que estaba pasando frente a los estudios de la emisora. 
También nos fue negado ese pedido. La emisora está en todo su derecho. ¿O no? 
Hay una caravana automovilística, con bocinas y banderas, custodiada por dos motociclistas de la Municipalidad y dos de la Policía de la Provincia. Y para la emisora Aire de Santa Fe, eso no es un hecho noticiable. 
Señor Luis Mino, usted tiene derecho de difundir las noticias que quiera y ocultar las otras, simplemente le ruego difunda que los delincuentes terroristas como, Antonio Riestra, Jorge Pedraza, Carlos Kunkel, y tantos otros que gozaron y gozan de las mieles del poder, son responsables de la muerte de cientos de inocentes. 

Y no podemos olvidar que, en 1976, las autoridades políticas se vieron sobrepasadas por las fuerzas terroristas y abierta o solapadamente, reclamaban la intervención de las fuerzas armadas. Y gracias a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias que derrotaron al terrorismo marxista, hoy gozamos de esta democracia, vacilante, pero democracia al fin. 
De lo contrario, hoy estaríamos bajo una dictadura similar a la que sufren Cuba y Venezuela. 
Usted tiene la palabra. 
Usted puede ensalzar a los terroristas de ayer, devenidos en “víctimas del terrorismo de Estado” o mostrar la historia completa, con las atrocidades de una guerra digitada desde la Cuba de Fidel. 

Atentamente 
 Orlando Agustín Gauna 
D.N.I. Nº 6.255.319

martes, 25 de abril de 2017

CARAVANA AUTOMOVILISTICA

ESTAN PREOCUPADOS POR LA CARAVANA. SE LES TERMINA EL CURRO Y SE VA CONOCIENDO LA VERDAD.





Mensaje en el muro de Maria Claudia Albornoz     Si no me equivoco, era usted.quien en una nota pasada hoy al medio día por el canal Cable & Diario, manifestaba sobre el final de la nota que "Hay organizaciones que están planteando una defensa a torturadores y violadores de los derechos humanos". Mi nombre es Orlando Agustín Gauna, soy delegado e n Santa Fe de la Asociación de Familiares y amigos de las victimas del terrorismo en la Argentina (AfaVita) y el objetivo de la caravana es en homenaje a tantas victimas inocentes del terrorismo marxistas, asesinadas cobardemente por secuaces de Mario Firmenich, Roberto Santucho, "El Cogote", El Perro" y tantos otros criminales que con el producto de robos y secuestros extorsivos, se llenaron los bolsillos y hoy se dan la vida de un gran burgués, paseando por el mundo con el innegable curro de los derechos humanos. Terroristas famosos como el Tony Riestra o el Coco Pedraza, se enquistaron en el gobierno. Esas victimas son invisibilizadas, y negadas. Ese es el objetivo primordial de la caravana.Negar este objetivo de la caravana es desconocimiento de los hechos o falsedad de los hechos con fines espurios.

martes, 11 de abril de 2017

Anulación de las leyes de punto final y obediencia debida

Discurso público emitido en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina (12 de agosto de 2003) 
 Elisa Carrió: 
Declarar la nulidad de una ley que me parece que es la cuestión central. Pero lo primero que tendríamos que aclarar es a quien corresponde el control de constitucionalidad de las leyes en la Argentina porque lo que dijo el diputado Capelleri y el diputado Breard es lo que también se siente en la calle y muchas veces se repite y repiten los alumnos cuando rinden un examen de derecho constitucional, en el sentido de que los únicos, el único órgano encargado de controlar la constitucionalidad de las leyes es el Poder Judicial y esto no es así, esto no es así. 
Es cierto que ya los federalistas hablaban del control de constitucionalidad antes de la constitución americana pero también es cierto que en la constitución americana no hubo una sola cláusula que dijera a quien le compete el control de constitucionalidad.
El control de constitucionalidad nació por el juez Marshall, que había sido secretario de Estado tenía que sacarse una causa de encima, y entonces a partir de la sentencia Marbury vs Madison estableció que los tribunales, cuando interpretan las leyes para aplicarlas a un caso concreto, pueden declarar inaplicable al caso concreto una ley si ésta es inconstitucional. 
A partir de allí, se estableció lo que se llama el sistema de contralor de constitucionalidad difuso. Lo puede hacer cualquier juez en una causa concreta y con efectos interpartes, nunca implica la nulidad de la ley, nunca, es sólo el control de constitucionalidad y sólo el argumento retórico utilizado por los jueces en el caso concreto para no aplicar la norma tildada de inconstitucional. 
Nuestro sistema copió exactamente el sistema norteamericano y después si quieren podemos hablar de la constitución del "94 porque nosotros somos los redactores de algunas de esas cláusulas. Pero la pregunta que queda pendiente es si los otros órganos del Estado controlan o no la constitucionalidad de las normas y claro que lo controlan, lean Sagüés, lean Bidart Campos, lean el que quieran, cuando nosotros estamos en una comisión en este congreso y vamos a sancionar una norma y estamos trabajando un proyecto, estamos haciendo análisis de constitucionalidad o no cualquiera de estos diputados dice no podemos sancionar esto porque es inconstitucional. 
Esto se llama control preventivo de inconstitucionalidad, lo que hacemos nosotros cuando argumentamos incluso en el recinto. También podemos derogar una norma tildada de inconstitucional, por ejemplo, si afirmáramos que la tenencia de droga para consumo personal es inconstitucional, hay muchísimos proyectos derogatorios de la norma porque es inconstitucional. 
Aquí, el efecto, obviamente, es genérico, es para todos los casos. Lo último que nos queda es, si puede, el Poder Legislativo cuando analiza el contralor de constitucionalidad de una norma, declarar su nulidad. 
Y este es un problema complejo, lo reconocemos, es absolutamente complejo. Y no estoy haciendo una argumentación política, acá estoy jugando veinticinco años dedicada a la ciencia del derecho constitucional. En principio, no lo puede hacer, es cierto, salvo que la norma en la cual se confronta, con la cual se confronta, sancione bajo pena de nulidad. 
Qué quiero decir, si la norma que está analizando el congreso, en este caso, las leyes de obediencia debida y punto final, su violación constitucional, está dada porque violan el 29 de la constitución nacional y es el propio 29 de la constitución nacional el que sanciona con nulidad absoluta e insanable todos los actos, ahí corresponde, si además le agregamos otro recaudo más, violación al 29 con sanción de nulidad absoluta insanable y que se trate de delitos de lesa humanidad por violación al derecho de gentes establecido en el 118. 
Lean el fallo del juez Cavallo y no es cierto que el fallo del juez Cavallo pueda anular, el juez Cavallo al declarar la nulidad lo que hace es no aplicar la norma al caso concreto, cuando nosotros bajo los mismos argumentos declaramos la nulidad absoluta e insanable, lo que hacemos es una declaración de invalidez por el órgano destinado por el órgano competente para dictar la norma y es plenamente factible. 
Yo creo que hay otros problemas mucho más complejos que voy a analizar ahora, pero nadie puede desconocer como primer argumento central que este congreso no tenga competencias. Lo que no tiene competencia es para un caso concreto, lo que nunca podría hacer este congreso es tomar una causa judicial y sacar una ley que diga: a tal causa judicial, no se aplica la ley. Pero con criterio general, lo puede hacer bajo estas dos condiciones, violación al 29 y violación al derecho de gentes. 
Yo lamento mucho, cuando por ejemplo Capelleri dice que, en realidad, en la sanción de la ley de obediencia debida y punto final no hubo ninguna causal de nulidad. Y lo lamento porque más allá de entender el momento que se podría haber vivido, es claro que no tiene que analizarse la nulidad de la ley en base a si tuvo iniciativa, aprobación en las cámaras o promulgación, lo que debe analizarse es si los diputados de entonces podían sancionar una norma que violaba el 29 de la constitución nacional y no lo podían hacer, no lo podían hacer ayer, no lo podemos hacer hoy, no lo podemos hacer nunca y no lo podemos hacer, precisamente, a la luz del tratado que quiero ratificar. 
Ni para atrás ni para adelante porque habría que decir que por encima de la cosa juzgada, por encima está el derecho construido por una humanidad como es el derecho de gentes, claro que no es usual esto pero si no es usual en nazismo. Por eso no es usual el tribunal de Nüremberg . No es usual esto en la Argentina porque no fue usual el terrorismo de Estado, la tortura sistemática y la desaparición forzada. 
Y en consecuencia, el deber de los pueblos, cualquiera sea el momento de la historia, hayan pasado 10, 20, 30 o 40 años, siempre van a estar habilitados para volver sobre sus propios actos y declarar insanablemente nulos aquellos actos que impliquen violación al principio de justicia en materia de delitos de lesa humanidad. 
Que no tiene efectos, es mentira que no tiene efectos, esto significa desconocer primero la dimensión histórica del derecho, este reconocimiento que hoy hace el congreso es el reconocimiento histórico más importante de los últimos veinte años. Yo les quiero preguntar si el caso llega a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si van a decir que el pronunciamiento de un Congreso, reconociendo lo que sucedió en la Argentina y declarando esa nulidad, cuando muchas veces pidió que la legislación se adecue al juzgamiento va a decir que es una payasada, lo que va decir la Corte Interamericana es que el congreso reconoció la coacción bajo la cual fueron dictadas esas normas, la violación de derechos humanos fundamentales como el derecho de la justicia de esas normas sancionadas porque quizás, si viéramos de afuera podríamos ver mejor lo que de adentro parece no verse, no es aquí quien tuvo razón o quien no tuvo, es cuestión de reparar y es cierto que en un extremo está la venganza y en el otro la impunidad pero lo que tiene que estar ahora es la verdad, es la justicia, es la condena y es la nulidad insanable y absoluta. 
El segundo argumento, más complejo todavía, y el verdadero problema no es la declaración de nulidad, el problema más complejo que habrá que analizar es qué pasa cuando melló un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que en su momento declaró la constitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final y que a todo el mundo, de alguna manera, se le escapa, este es un problema, este es un problema real y ese problema real sólo puede ser analizado, analizando aquella vieja sentencia de la Corte, tanto es así que nosotros no es este oportunismo que todo el análisis de esa sentencia está hecha en un libro nuestro de hace más de diez años pero, en realidad, si ustedes analizas el fallo de la Corte se van a dar cuenta que hay tres votos el de Beluscio, el de Severo Caballero y cómo se llamaba el otro, y Fayt, perdón, los tres primeros que, en realidad, no ingresan a considerar la inconstitucionalidad la norma sino que, por el contrario, utilizan lo que se llama un argumento retórico que es el self restraint, dicen: yo no me meto, yo no tengo competencia como Poder Judicial para revisar lo decido por otras instancias de producción jurídica, agrega Fayt, cuando está en juego la supervivencia misma de la Nación. 
Lo que les quieren decir esos jueces es que no estaban en condiciones políticas de fallar porque no se podían hacer cargo de las consecuencias políticas y sociales de una decisión invalidante y hay que recordar entonces, tenía libertad Alfonsín, no tenía libertad Alfonsín, digámoslo, no tenía plena libertad Alfonsín cuando manda las leyes de obediencia debida y punto final, lo dicen ellos, tenía libertad el congreso, no tenía plena libertad congreso, estaban coaccionados, lo dicen todas las declaraciones de los diputados, que pasa cuando llega a la Corte, cuando llega a la Corte estos jueces dicen: no nos metemos, self restraint porque está en juego la supervivencia de la Nación pero el más claro de todos, el fallo, el voto que expresa de una manera impresionante el conflicto que se vivía en ese momento es el del juez Petracchi. Petracchi hace 34 considerandos, 34, 33 considerandos diciendo que la ley es inconstitucional y termina diciendo, literalmente, la ley es inconstitucional y en el considerando 34 dice: pero no podemos dejar de analizar la ley en el contexto de una transición democrática, por eso ahora voy a contestar los argumentos de Breard, en el marco de que no podría el Poder Judicial, no alcance, de alguna manera, las consecuencias políticas y sociales de una decisión invalidante. 
Qué quiere decir esto, está muy claro que salvo el juez Bacqué, que habla claramente de esto, estos jueces no se pronunciaron pero si dijéramos que estaban coaccionados, pero aun así, en ningún caso analizaron la violación al articulo 29 de la constitución nacional. Entonces, no es que las transiciones, como dice el diputado Breard frenan los procesos, las transiciones, a veces, significan algunos pasos en este proceso, por eso, acá hay una razón histórica, una razón política y una razón jurídica porque algunos podrán pensar que en ese tiempo se podía, como lo dice Petracchi en otro considerando, seguir con los proceso de juzgamiento. Y otros habrían dicho por evaluación política no podíamos seguir porque se caía la democracia. Pues bien, ninguno de esos argumentos vale ahora. 
Hoy estamos en el tiempo histórico de reconocimiento político de que el juzgamiento por los derechos humanos es la gran causa pendiente de la Argentina y esas normas eran, son y serán insanablemente nulas. 
En consecuencia, se habla del principio de que van a volver a los tribunales. No es así, las leyes de obediencia debida y punto sólo implican juicios de hecho que en realidad implicaban un avance sobre el Poder Judicial, lo que decían las leyes es que la gente había actuado, como supuesto de hecho no controvertible, bajo el principio de obediencia debida, que quiere decir, que era lo único que se retira, que se levanta es esa presunción de hecho indiscutible que paralizaba al proceso que era la obediencia debida, no es cierto, queda como está. 
Ahora, supongamos, el primero como reconocimiento histórico, el segundo, como reconocimiento de la nulidad absoluta e insanable, en ninguno de los dos casos nadie te puede controvertir esto porque nadie puede impedir al congreso hacer un reconocimiento histórico, nadie puede impedir al congreso dictar una norma declarativa en materia de nulidad. Los efectos jurídicos, nosotros creemos que tiene efectos jurídicos, que tiene absolutos efectos jurídicos que hay que reabrir las causas y acá pueden pasar tres cosas señor presidente, muy claras, que no es ningún escándalo. 
Que puede hacer un juez como último contralor de constitucionalidad de las leyes, puede tener el caso y decir: bueno, miren la ley de congreso es inconstitucional y la obediencia debida es constitucional, un solo acto y en consecuencia cerrar el proceso y esto va a la comisión interamericana y a la corte interamericana que va a decir, en realidad, las partes tienen razón, hay que abrir el proceso y hay que juzgar, años. 
Segundo, qué puede hacer un juez, miren, la declaración del congreso es inconstitucional, es irrelevante, punto, no declara nada, declara la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de la ley de obediencia debida y punto final, en ese caso, puede servir la declaración del congreso como argumento de hecho para sustentar la inconstitucionalidad de la ley de obediencia debida y punto final. Puede hacer otra cosa, puede declarar la constitucionalidad de nuestra ley y la inconstitucional de la obediencia debida y el punto final, entonces, reabre el proceso. 
Cuál es el problema. 
En realidad, lo que nadie va a poder borrar es esta declaración histórica, nadie, ni en la instancia nacional ni en la instancia internacional. Por eso yo lamento mucho que algunos compañeros diputados no me acompañen, todos sabemos que el proceso ha sido enormemente difícil pero todos sabemos que siempre hay tiempo para sanar y para curar las heridas. 
Yo no voy a estar más en esta cámara de diputados de la nación pero voy a poder defender en cada aula universitaria y en cada lugar la validez de esta declaración hecha por el congreso, como juicio histórico y como juicio jurídico, yo no se si todos vamos a poder decir dentro de veinte años que no nos dimos cuenta de lo que estaba pasando. 
Así se construye la Paz, mientras no haya verdad, justicia y condena, no va a haber Paz y es mentira que esto haya sido caprichoso, hay muchos pronunciamientos de este congreso a lo largo de este tiempo, diputados de distintos bloques fueron pidiendo la verdad, es mentira que sea la primera vez que llevamos a jerarquía constitucional, que le tenemos que agradecer a Barra, esto de paso hablando. 
El tratado sobre imprescriptibilidad porque cuando estábamos con Juan Pablo Cafiero en la convención constituyente y allá hay otra convencional, lo que llevamos a jerarquía constitucional los tratados internacionales, Barra nos quiso sacar un montón de tratados, entre ellos los que están. Entonces ideamos esta cláusula para zafar y esta cláusula era que el congreso podía elevar a jerarquía constitucional los tratados con los dos tercios. Vieron que hasta los malos sirven a las buenas causas en algún momento de la historia. Entonces, acá también, acá también, no estaba fuera del núcleo (¿?) básica por eso salió. 
Acá también se declaró la jerarquía constitucional del tratado sobre desaparición forzada, lo hicimos en el año "96 y lo votó Rico y lo votaron un montón de militares que estaban allá atrás porque no se dieron cuenta, así como votamos recién, otra de las maravillas de la historia. 
También vino el pedido de declaración de nulidad y se avanzó en la derogación, también tuvo media sanción para que el proyecto para que las cámaras puedan buscar la verdad, es un largo proceso, se dan cuenta, no es un proceso de hoy, no es un capricho. 
Yo agradezco profundamente al Presidente de la Nación que haya tenido la energía y la decisión de poner las cosas en su lugar para que la base de la verdad y la justicia sea posible en este país y quiero, en nombre de todo mi bloque, dedicar esto a Alfredo Bravo, que incansablemente estuvo sentado acá muchos miércoles pidiendo la nulidad de la obediencia debida y punto final. Ojalá que hubiera estado con nosotros porque la Paz también se construye reconociendo a los que lucharon. 
Muchas gracias señor presidente. 
Elisa Carrió, 
Discurso de Elisa Carrió sobre la ley de nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final, 
Cámara de Diputados de la Nación, (12 de agosto de 2003). 

domingo, 9 de abril de 2017

Macri contra la historia

Es difícil dimensionar la trascendencia de lo ocurrido en Argentina. Se trata de un golpe devastador para el populismo latinoamericano, incluido nuestro gobierno, el que ha optado, como advirtió The Economist hace poco, por continuar la ruta que arruinó a nuestros vecinos.
Argentina, como sabemos, no siempre fue el desastre que es hoy. Por casi cincuenta años antes de la Primera Guerra Mundial nuestros vecinos crecieron a tasas de un promedio de 6% anual, la tasa más alta jamás registrada en la historia del mundo por un período tan prolongado. Millones de europeos abandonaban sus países para llegar a la tierra prometida de Argentina, a tal punto que en 1914 la mitad de los habitantes de Buenos Aires era nacido en el extranjero. El país llegó a estar entre los diez más ricos del mundo, superando a Francia, Alemania e Italia, mientras su ingreso per cápita era de un 92% del promedio de los 16 países más ricos del mundo. Brasil, por hacer una comparación, tenía un ingreso de un cuarto del argentino. Y esto no era solo en base exportaciones de bienes primarios.
Entre 1900 y 1914 la producción industrial de Argentina se triplicó alcanzando un nivel de crecimiento industrial similar al de Alemania y Japón. En el periodo 1895-1914 en tanto, se duplicó el número de empresas industriales, se triplicó el trabajo en ese sector y se quintuplicó la inversión en el mismo. Todo esto fue acompañado de un progreso social sin precedentes en el país: si en 1869 entre un 12% y 15% de la población económicamente activa pertenecía a los sectores medios, en 1914 la cantidad alcanzaba el 40%.
En el mismo periodo el nivel de analfabetismo, se redujo a menos de la mitad.

Por Axel Kaiser
Fuente: Diario Financiero
Leer mas...

lunes, 3 de abril de 2017

Ricardo Lorenzetti, montonero

Hay que salvar al Mono 

Desde la infancia, Ricardo Lorenzetti sintió que había nacido para cambiar el mundo. Curioso y observador por naturaleza, se convirtió en un lector incansable. Buscó sin descanso ampliar el horizonte del saber. La política, su gran pasión. Pasado montonero en su juventud de universitario peronista. Arquitecto y constructor minucioso de su destino. Hábil contorsionista para acercarse, hasta donde hiciera falta, junto a los que tenían el poder. De abogado de a pie a juez de la Corte. 

“¿Dónde carajo está el Mono? 
¡El Mono!, ¡el Mono!”, gritaban los militares que derribaron a patadas la puerta de la casa de la calle 9 de Julio, en el centro de la ciudad de Santa Fe, donde vivían cinco estudiantes de la Universidad Nacional del Litoral (UNL). 
Eran las 6 de la mañana de un caluroso sábado de 1976, posterior al golpe militar.  
Los uniformados, a punta de fusil, entraron en patota. Destrozaron los muebles; dieron vuelta los colchones y revisaron, uno por uno, los libros de aquella banda de terroristas o subversivos, como vociferaron a los cuatro vientos para advertir a los vecinos. 
El único que estaba en ese momento en la vivienda era Horacio Calciati. El joven dormía cuando el grupo de tareas, en compañía de miembros de la Policía Federal, convirtieron el sueño en una pesadilla que recordará hasta el último día de vida. 

Lo pusieron contra la pared, le separaron las piernas y lo cachearon. De un golpe lo tiraron al piso y, sin dudar un instante, lo intimaron para que confesara dónde ocultaba las armas. 
Eligió no hablar. Le asestaron un par de culatazos en la cabeza y le patearon las costillas sin descanso. Los gritos de auxilio se oyeron en toda la cuadra. Nadie acudió en su ayuda. Recibió una paliza feroz pero el operativo fue un fracaso. 
Por más que pusieron patas arriba todas las habitaciones, no encontraron ni una vulgar pistola. Se fueron con las manos vacías, sin llevarse nada ni a nadie. En el piso dejaron, en un charco de sangre, al hombre que únicamente despegó sus labios para expresar su dolor cuando le rompieron la cabeza y le fracturaron, prácticamente, todas las costillas. 
El Mono no estuvo en aquellas horas dramáticas. Minutos antes Calciati lo había ayudado a escapar por la parte trasera de la casona tras advertir ambos que los militares los seguían. 
“El Mono” no era otro que Ricardo Luis Lorenzetti, militante de la Juventud Peronista (JP), ligada a la organización guerrillera Montoneros. 

Por  Natalia Aguiar
Fuente: El Señor de la Corte La historia de Ricardo Lorenzetti