Para Lubertino “la libertad religiosa implica la protección del derecho a no creer ni pertenecer a ninguna religión“. En esencia ella apunta a cualquier medida que pueda incordiar a la religión católica, cita como antecedente la sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos que, en noviembre de 2009, ordenó a Italia el retiro de los crucifijos de las aulas, aunque “olvidando” que en fallo posterior la Gran Sala de la misma Corte, se revocó el pronunciamiento dictaminando por unanimidad que la presencia del crucifijo en las escuelas públicas italianas no vulnera ningún derecho de los ciudadanos ni se contrapone con la Convención Europea de los Derechos del Hombre.
Fuente: InfoRafaela
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