¿Cuantos muertos por accidente de tránsito en las rutas tendremos este año?
Los distintos medios de comunicación social afirmaban al fin de la Semana Santa de 2007 que durante esos días habían perecido unas veinte personas como consecuencia de accidentes de tránsito en las rutas argentinas.
En la Semana Santa del año siguiente (2008), los mismos medios informaban que en este año, la cifra de muertos en accidentes de tránsito en las rutas argentinas alcanzaba el medio centenar de víctimas. Esto, no obstante el Plan de Seguridad Vial diseñado desde el Ministerio del Interior a cargo de Florencio Randazzo, quien se ufanaba del éxito del plan.
Cabe preguntarse ¿Cuántos muertos va a haber la próxima Semana Santa en las rutas argentinas? ¿Cuántas personas van a despedir a familiares que, felices salen de turismo, y luego tienen que ir a reconocer cadáveres irreconocibles?
Si alguien colocara un cenicero de oro a su motocicleta, pensaríamos que está loco. No serviría para la función de cenicero, y como adorno, resultaría demasiado caro y bastante ridículo por su inutilidad.
Así, como cenicero de oro en una motocicleta, son para los ciudadanos, muchas dependencias públicas. No sirven para la función específica, y como adornos, a los contribuyentes nos resultan demasiado caras y ridículas por su inutilidad.
La Ley Nacional 26.353 Ratifica, en lo que es materia de competencia del Congreso Nacional, el "Convenio Federal sobre Acciones en Materia de Tránsito y Seguridad Vial", suscripto el 15 de agosto de 2007 entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1232 del 11 de septiembre de 2007.
Y la cláusula. Décima de este convenio establece: - SISTEMA DE CONTROL DE VELOCIDAD PROMEDIO ENTRE ESTACIONES DE PEAJE: La Nación implementará un sistema de control de velocidades máximas consistente en el cálculo automático del tiempo irrogado a los vehículos que circulen por autopistas y rutas concesionadas para cubrir la distancia existente entre estaciones de peaje, del que se obtendrá la velocidad promedio aplicada por el conductor para ese recorrido. El equipamiento permitirá la lectura de los tickets o de los dispositivos de pago electrónico, en cada una de las cabinas de cobro, emitiendo el reporte de la velocidad promedio alcanzada, sirviendo éste de respaldo para la inmediata constatación de las infracciones, en aquellos casos de haberse superado la velocidad máxima promedio correspondiente al tramo recorrido.
Por Ley 26363 sancionada y promulgada en abril de 2008 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio del Interior, la que tendrá como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales.
Pero, mientras seguimos lamentando muertos en accidentes de tránsito sin percibir el sinnúmero de victimas con discapacidades permanentes a consecuencia de estos accidentes, aún no se ha implementado este sistema de control de velocidades. El hecho de que en diez meses no pudieron implementar este sistema de control, demuestra su inoperancia.
De este modo, el Congreso de la Nación ha colocado un cenicero de oro (léase AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL) en la motocicleta (léase MINISTERIO DEL INTERIOR).
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