domingo, 9 de agosto de 2009

Esto se acaba… Oíd el ruido de rotas cadenas

Luego de cuatro años privado de su libertad como prisionero político, fue liberado de la cárcel de Bouwer, al Tte. Cnel. Héctor Mario Filippo.

Los jueces ya avizoran que se vienen tiempos de cambio. Ya se acaba el poder de los viejos terroristas que manejan el Consejo de la Magistratura de la mano de Carlos Kunkel y Diana Conti. Si, Diana Conti, esa que fue denunciada de quedarse con parte del sueldo de sus empleados en febrero de 2005 y jueces temerosos del poder de la vieja militante, venían cajoneando la causa.

Pero después del resultado de las últimas elecciones nacionales… Esto se acaba.

Llega el tiempo de las explicaciones. De las explicaciones del terrorismo de Estado ejercido desde la democracia, por terroristas subversivos de la década del `70 que hoy están enquistados en el poder. De las explicaciones de los atentados contra los derechos humanos cometidos en la actualidad, con la complicidad manifiesta de muchos políticos, y el silencio cómplice de muchos otros. Porque… Esto se acaba.

En el caso concreto del Tte. Cnel. Héctor Mario Filippo, como en todos los casos de los presos políticos de la actualidad, son varios los que deberán responder por su responsabilidad en el delito de HOMICIDIO POR SEVICIAS GRAVES O POR ENSAÑAMIENTO Y PLACER en grado de tentativa

Según el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, sevicia significa crueldad excesiva.

Este término se usa para definir “particularmente los ultrajes y los malos tratamientos que algunos usan contra una persona sobre quien tiene alguna potestad o autoridad”. (Escriche, Joaquín: “ Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia,” Paris y Mejico, 1925, voz “Sevicia”)

En este mismo sentido y hace ya varias décadas la Cámara de Mercedes declaró que la sevicia consistía en la crueldad excesiva por vía de hechos de tal naturaleza que hicieran peligrar la vida de la persona

La jurisprudencia reiteró que la sevicia consistía en los malos tratamientos realizados con crueldad y espíritu de hacer sufrir pero requiere para su configuración de dos elementos: uno físico: los malos tratos y otro psicológico: la intención despiadada de hacer daño. (NCiv., Sala C, 15/11/60 “J.A.2, Tº 1961-II, p. 203)

La doctrina concordaba en que no era justificable que la causal de sevicia se encontrara legislada en forma independiente de los malos tratamientos, en especial porque ello obligaba a entrar en la investigación de un estado psíquico, lo que no solo siempre es difícil, sino, algunas veces, imposible. (Lagormasino, Carlos A. R : Voz “sevicia”. “Enciclopedia de Derecho de Familia”. Tº III. Editorial Universidad, Buenos Aires. 1994.Pág. 635)

Es importante tener en cuenta que la reforma del Código Penal ha suprimido las sevicias graves y el impulso de perversidad brutal. En su momento la Exposición de Motivos manifestó: “Suprimimos las sevicias graves por su dudoso contenido, superpuesto al del ensañamiento. El impulso de perversidad brutal, también de dudoso contenido, es sustituido por el homicidio por placer, más comprensivo”.

El Tte. Cnel. Héctor Mario Filippo, estuvo privado de su libertad durante cuatro años, sin condena, violándose todos los derechos y garantías constitucionales. Encadenado, aún mientras se le extirpaba un riñón. Que duda cabe de que al Tte. Cnel. Héctor Mario Filippo se lo intentó asesinar, como al resto de los presos políticos, mediante el empleo de sevicias graves y por placer de venganza, mediante prolongados e injustos cautiverios y malos tratos.

Pero esto se acaba… El Tte. Cnel. Héctor Mario Filippo ha recuperado su libertad con su salud física deteriorada, pero su espíritu, como el de todos los grandes hombres, se ha fortalecido en la adversidad.

Esto se acaba…Oíd el ruido de rotas cadenas.

¡¡¡VIVA LA PATRIA!!!

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