El artículo 319 del Código Procesal Penal de la Nación establece que: “Podrá denegarse la exención de prisión o excarcelación, respetándose el principio de inocencia y el artículo 2 de este Código, cuando la objetiva y provisional valoración de las características del hecho, la posibilidad de la declaración de reincidencia, las condiciones personales del imputado o si éste hubiere gozado de excarcelaciones anteriores, hicieren presumir, fundadamente, que el mismo intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones.”
De ello se desprende que cuando una persona es procesada por delitos graves, y se valora que no intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones podrá concederse la exención de prisión o excarcelación; pero se existen elementos para sospechar lo contrario, cabe la prisión preventiva.
En el caso de los imputados por los llamados delitos de lesa humanidad, una justicia ejecutada por jueces venales. Extienden in eternum los plazos de prisión preventiva a los acusados de cargos infundados. Y siendo detenidos sin citación previa, en sus lugares de residencia habitual, se les niega la excarcelación so pretexto de que intentarán eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones. Argumentos falaces, ya que en la mayoría de los casos nunca estuvieron prófugos y su detención se produjo en su lugar de residencia habitual, además de que por su avanzada edad y problemas de salud, podrían intentar mantenerse prófugos; y de ningún modo pueden entorpecer la investigación de hechos ocurridos hace cuatro décadas y cuando los denunciantes cuentan con el apoyo de organismos de derechos humanos subvencionados por el Estado y de todo el aparato estatal.
Esa venalidad de la justicia llega al extremo de negar la recusación de jueces como la Dra. María Alicia Noli, terrorista del Ejército Revolucionario del Pueblo, junto con su hermano y su pareja (este último, figura como “desaparecido”) ¿Qué imparcialidad se puede esperar de ella, juzgando a quienes combatieron a las bandas terroristas?
Lo mismo se puede decir del fiscal José Ignacio Candioti, que intervino en causas donde una familiar directa suya era querellante.
El Artículo 16 de la Constitución impone que todos los sus habitantes son iguales ante la Ley.
Pero jueces venales y totalmente corruptos, provocan un total descreimiento de la sociedad, en este poder judicial.
En la justicia santafesina nunca prosperan las denuncias contra los funcionarios políticos. El caso más elocuente fue la denuncia contra el ex gobernador Jorge “Cebollita” Obeid (Otrora terrorista montonero y posteriormente delator de sus cómplices).
Obeid, exasperado por la derrota del equipo de fútbol de sus amores, cometió los delitos de privación ilegal de la libertad, abuso de autoridad y falso testimonio; y lo hizo ante las cámaras de televisión, siendo difundidas sus imágenes en plena acción delictiva por numerosos canales de televisión del país y del extranjero. Todo se solucionó fácilmente con un juez corrupto.
En la actualidad, tenemos a un convicto, Carlos Saúl Menem, evadiendo su condena en el “aguantadero” del Congreso de la Nación, donde pretende seguir refugiado “hasta que el diablo se lo lleve”; aunque no asista nunca al recinto, ni siquiera a cobrar su jugosa dieta, ya que la bancarización de los haberes, le evita esa molestia.
Y más cercano en el tiempo, tenemos a una “exitosa abogada” y ex presidente, imputada y procesada por diversos delitos, incluso de ser jefa de una asociación ilícita, y que con suma frecuencia se le imputan nuevos delitos y/o el ocultamiento de bienes ilegales; por lo que existen elementos de convicción suficientes para sospechar que va a procurar entorpecer la investigación.
Pero a estos jueces corruptos no les importa lo que dice la constitución sobre la igualdad ante la ley. Son incapaces de dictar la prisión preventiva a una “exitosa abogada”.
Del mismo modo, si la “madre de todos los argentinos”, Doña Hebe de Bonafini no quiere comparecer a declarar ante esa justicia, esa justicia venal, irá a tomarle declaración donde la señora imputada lo disponga.
A lo mejor, algún juez se siente ofendido y puede demostrar lo contrario.
Mateo 5:6 Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, pues ellos serán saciados.
Orlando Agustín Gauna
BERGOGLIO QUIERE UN ESTUDIO DE LA HISTORIA QUE ACEPTE LAS “MANCHAS Y
ARRUGAS” DE LA IGLESIA
-
*También quiere que se escuchen las voces ‘excluidas’ de la historia…*
Sabes que hay problemas en el horizonte cuando los modernistas piden
“renovación”....
Hace 20 horas
No hay comentarios:
Publicar un comentario