Lisandro Pérez Scavuzzo, tenía 20 años.
El día 2 de abril de 1914 se encontraba en el domicilio
de la Jueza de Familia Nº 2 de la 1ª circunscripción judicial de la Provincia
de Santa Fe, Dra. Liliana Lourdes Michelassi, en el edificio de Boulevard
Zavalla Nº 1934 de la ciudad de Santa Fe..
En el departamento ocupado por la Sra. Jueza de Familia,
Dra. Liliana Michelassi, habría habido un arma de guerra de uso civil
condicional, un revólver calibre 38 largo Smith & Wesson, tipo
detective, de caño corto y con un tambor para 5 proyectiles.
En un momento dado se escucha el estampido de un disparo
de arma de fuego y se produce la muerte de Lisandro Pérez Scavuzzo.
Las informaciones periodísticas, dan cuenta que al
momento de producirse el disparo, se encontraban junto al occiso, Alejandro Herzberg,
pareja de la Jueza Liliana Michelassi, y los hijos de la Jueza, Gastón y
Emiliano Aguirre Michelassi.
Los medios daban cuenta que a Herzberg y a los hijos de
la Jueza, el dermotest les había arrojado resultado negativo, y positivo al
fallecido. Por lo que se descartaba en un primer momento el homicidio doloso o
culposo y las hipótesis se inclinaban a una muerte accidental por imprudencia
de la víctima o a un suicidio. Y la jueza de Familia Dra. Liliana Michelassi
habría argumentado que al momento del suceso se encontraba ausente de la
provincia, pese a que algunas versiones la ubicaban en la ciudad al momento de
ocurrir el suceso.
Del arma que causara la muerte de Lisandro, encontrada en
el domicilio de la Jueza Liliana Michelassi, se supo que nadie podría
justificar la tenencia legal. En el domicilio de un miembro del Poder Judicial
habría habido un arma de guerra de uso civil condicional y nadie en la vivienda
puede justificar su tenencia legítima.
El Dr Ricardo Fessia, por entonces, fiscal regional de Santa Fe manifestó a la prensa que “Lisandro Pérez Scavuzzo, era amigo de los dueños de la casa. Los había pasado a buscar para ir a comer afuera y tras una maniobra desafortunada con el arma que tenía en sus manos se dispara el proyectil. El dermotest, arrojó resultados negativos para los dos hermanos, amigos de la víctima, y al padre de éstos, que estuvieron en la escena. El caso se investiga como fallecimiento a causa de un arma autodisparada”. Demasiado rápido el Fiscal para resolver el caso.
Pero a pesar del nuevo sistema penal de la Provincia, y
de tratarse de la investigación de una muerte, la misma quedó prácticamente paralizada
hasta que la familia del joven fallecido se constituyó en querellante. Entonces
se pidió la reconstrucción del hecho, que la Jueza Sandra Valenti, a cargo de
la investigación, resolvió en agosto de 2014, suspender por cuanto uno de los
involucrados, presentó un certificado médico.
Las pericias determinaban que por la distancia del
disparo, el mismo no pudo haber sido realizado por la propia víctima. Alguien
le disparó. ¿Quién fue el perito que realizó el dermoterst? A la victima,
dijeron que le dio positivo y a los que se encontraban con él, les dio negativa
la pericia.
Pero a veces la justicia es demasiado lenta, los medios
locales solo informaban de la identidad del occiso, y silenciaban el nombre de
los demás involucrados. Parecía existir una “orden” de no mencionar que en el
domicilio de la Jueza de Familia Nº 2 Liliana Michelassi, se había producido
una muerte por disparo de un arma de fuego que había en el lugar, y que ni la
Jueza, ni su pareja y/o hijos, pudieran justificar la tenencia lícita del arma
de guerra.
El diario Clarín, escapaba a esa presunta “orden” y
publicaba la identidad de la Jueza y de sus hijos Gastón y Emiliano Aguirre
Michelassi.
Un año y medio después, a requerimiento del abogado
querellante se logra que peritos de la provincia de Córdoba vengan a realizar
una pericia scopométrica, determinándose que el disparo fue efectuado a más de
un metro y medio de distancia.
Dos años después del hecho, en el Ministerio Público de
la acusación, se realiza la audiencia imputativa contra Gastón Aguirre Michelassi,
el hijo menor de la Jueza Dra. Liliana Lourdes Michelassi, por el homicidio de Lisandro
Pérez Scavuzzo.
Algún día, Dios sabe cuándo, se procederá a la elevación
a juicio de la causa. Resta saber si el imputado será favorecido con el
beneficio de la duda. Son muchas las cosas “raras” en esta causa.
Si en mi casa hay un arma de guerra de uso civil
condicional, yo no lo puedo ignorar. La Jueza de Familia Nº 2, Dra. Liliana Lourdes Michelassi, parece que desconocía la
existencia de un arma de guerra de uso civil condicional en su domicilio, de lo
contrario, debería ser removida del cargo.
Los argentinos, necesitamos una JUSTICIA JUSTA, esa que
se simboliza con una mujer con los ojos vendados, para la cual, todos son
iguales ante la Ley; y no una justicia donde unos son más iguales que otros.Orlando Agustín Gauna Bracamonte
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