lunes, 26 de octubre de 2026

La municipalidad ataca a la Vecinal Candioti Sur



La municipalidad de la ciudad de Santa Fe, sancionó a la Vecinal Barrio Candioti Sur con una multa de casi un millón de pesos por pegar afiches con la leyenda SEOM LIBRE PARA FRENTISTAS sobre elementos del equipamiento público. 

El diario El Litoral (https://www.ellitoral.com/area metropolitana/municipalidaddesantafe-vecinalcandiotisur-multa-seom-tribunalmunicipaldefaltas_0_aB1hU7opJl.html) pública: “Según la explicación oficial, la infracción consiste en utilizar un medio publicitario no autorizado sobre elementos del mobiliario urbano, una conducta contemplada en las ordenanzas vigentes.” “Ante situaciones en las que se detecta el incumplimiento de la normativa vigente, la Municipalidad realiza las advertencias y actuaciones correspondientes, sin distinciones, con el objetivo de promover el cumplimiento de las reglas y garantizar el cuidado del espacio público”, señalaron oficialmente desde el Ejecutivo. 

Desde el municipio con la complicidad expresa o tácita de todos los funcionarios del ejecutivo y del Concejo, descaradamente le mienten a los vecinos. 

La verdadera intención es amordazar a una asociación vecinal que ante el reclamo de sus asociados y vecinos de la zona, canaliza institucionalmente ese reclamo. 

Es falso que “Ante situaciones en las que se detecta el incumplimiento de la normativa vigente, la Municipalidad realiza las advertencias y actuaciones correspondientes, sin distinciones”. 

El Código de publicidad se refiere a las campañas proselitistas y en el artículo 55 establece en su inciso b) Los anuncios instalados deberán ser retirados por la institución o su representante, en un plazo máximo dé diez (10) días a contar de la fecha de la elección general respectiva, caso contrario la Municipalidad lo ejecutará por administración y a costa de él o los responsables de su instalación. El artículo 26 dispone que: Estarán vedados para la colocación de anuncios, los siguientes ámbitos, lugares o elementos del espacio público municipal: a) Monumentos, estatuas, puentes y viaductos, edificios de valor histórico o cultural o edificios públicos. 

El domingo 26 de octubre de 2025 se eligieron diputados nacionales y la entonces vice gobernadora de Santa Fe, Gisela Scaglia a través de sus secuaces realizó su campaña proselitista como candidata a Diputada Nacional. 

Desde entonces, en un edificio público, el Hospital José M. Cullen, en la pared que da a la esquina de Lisandro de la Torre y Saavedra está pintada una leyenda proselitista a favor de la candidata Scaglia. 

Por esta infracción al Código de publicidad, que en dos años no fue detectada por las autoridades municipales, se realizó el reclamo al 08007775000 al que se le asignó el N° 87561.

¿Se animará el municipio a sancionar a la diputada nacional Gisela Scaglia? 

Están vedados para la colocación de anuncios, los edificios públicos. 



En el frontispicio de la Universidad Nacional del Litoral en Boulevard Pellegrini 2750 se ha colocado una tela impresa con la leyenda “EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN Y LA UNIVERSIDAD PÚBLICA”. 

Tampoco fue advertido por los funcionarios municipales y se realizó el reclamo al 08007775000 al que se le asignó el N° 87595. 

¿Se animará el municipio a sancionar a la Rectora Prof. Laura Tarabella? 

El mismo código establece en su Artículo 25°: Los anuncios no podrán: a) Producir cambios de luz, vibracíones, o movimientos giratorios, táblillas móviles que afecten la seguridad vial o producir ruidos que molesten a los vecinos. b) Distraer o dificultar de manera ostensible y peligrosa la atención de los conductores respecto del manejo de los vehículos y a la percepción de las señales de tránsito. 



Tampoco fueron advertidos por los funcionarios municipales las innumerables pantallas de display en lugares de intenso tránsito, y que es obvio que pueden distraer la atención de los conductores. 

¿Pero cómo perder este "negocio"? 

La Vecinal Barrio Candioti Sur es una asociación sin fines de lucro y con escasos recursos económicos, por lo que la sanción de una elevada multa, sólo puede tener la intención de impedir que se haga eco del reclamo de los vecinos y acallar su reclamo institucional.


Orlando Agustín Gauna 

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