Como usuario del servicio de transporte público de pasajeros por colectivo de esta ciudad me siento afectado por el incumplimiento de las normativas vigentes en lo que respecta a este servicio.
Por ello, solicito la inmediata intervención del departamento ejecutivo municipal a los fines de que se subsanen las anormalidades que a continuación detallo:
1°. Por ordenanza 13036 ha caducado la emergencia de sistema de movilidad el 22 de febrero del presente año y por ello se encuentra plenamente vigente la Ordenanza 11580.
2°. El anexo 2 de la presente ordenanza dispone una frecuencia de los colectivos en distintos horarios qué es archisabido que no se cumple y para constatar, basta con acudir a las grabaciones del órgano de control e inclusive hasta se puede acudir a las cámaras de video vigilancia de los vecinos domiciliados en arterias por las que circulan colectivos urbanos.
3°. El artículo 11 de la mencionada ordenanza dispone que el parque automotor de cada prestataria de línea no deberá exceder de los 6 años y con solo mirar la patente de los colectivos se puede ver que la antigüedad supera ese periodo de tiempo. Por ese motivo también es frecuente ver colectivos detenidos en la vía pública por desperfectos mecánicos propios de su antigüedad.
4°. El artículo 13 de la ordenanza 11580 dispone que los horarios de los servicios de coches con posibilidad de acceso a personas con discapacidad deben ser difundidos adecuadamente, lo que no se cumple y por ello las personas con discapacidad no pueden determinar el horario del paso de estos colectivos con acceso para ellos y se ven obligados al uso de taxis o remís.
De las anormalidades señaladas no soy el único damnificado.
Los afectados son los miles de usuarios de este servicio, que ven cómo los empresarios del transporte gozan de total impunidad.
¿Cuándo pagaron una multa por infracciones de tránsito o incumplimiento de la normativa?
Si para muestra basta un botón le informo que años atrás, un colectivo dominio ICR 122, llegó a acumular más de cien (100) actas de infracciones de tránsito y nadie se ocupó en identificar al temerario conductor que circulaba por la ciudad al mando de un colectivo.
¿Se abonaron esas multas o se dejó prescribir las infracciones?
¿Esa autoridad, no advirtió que muchas unidades tienen sus chapas de dominio “pintadas” de modo que las tornan ilegibles para su identificación?
Por todo lo expuesto, reitero, solicito que como autoridad de aplicación imponga el inmediato cumplimiento de la normativa vigente y se hagan efectivas las sanciones pertinentes.
DAR LUGAR A LO SOLICITADO
SERÁ JUSTICIA
Orlando Agustín Gauna
DNI 6255319
oagauna150@yahoo.com.ar.
TE 3425036171
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